SAP Burgos 180/2007, 27 de Abril de 2007

PonenteJUAN FRANCISCO SANCHO FRAILE
ECLIES:APBU:2007:239
Número de Recurso47/2007
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución180/2007
Fecha de Resolución27 de Abril de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Burgos, Sección 3ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 3

BURGOS

SENTENCIA: 00180/2007

AUDIENCIA PROVINCIAL DE

BURGOS

Sección 003

Domicilio : SAN JUAN 2

Telf : 947274394

Fax : 947279452

Modelo : SEN00

N.I.G.: 09059 38 1 2007 0000094

ROLLO : RECURSO DE APELACION (LECN) 0000047 /2007

Juzgado procedencia : JDO.DE 1A.INSTANCIA N.5 de BURGOS

Procedimiento de origen : JUICIO VERBAL 0000851 /2005

La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Burgos, integrada por los Ilmos. Sres.

Magistrados DON JUAN SANCHO FRAILE, Presidente, DON ILDEFONSO BARCALA FERNÁNDEZ DE PALENCIA Y DOÑA MARÍA ESTHER VILLÍMAR SAN SALVADOR, ha dictado la

siguiente.

SENTENCIA Nº 180

En Burgos a Veintisiete de Abril de dos mil siete.

VISTO en grado de apelación ante esta Sección 003 de la Audiencia Provincial de BURGOS, los Autos de JUICIO VERBAL 0000851 /2005, procedentes del JDO.DE 1A.INSTANCIA N.5 de BURGOS, a los que ha correspondido el Rollo 0000047 /2007, en los que aparece como parte apelante D. Tomás representado por la procuradora Dña. BEATRIZ DOMINGUEZ CUESTA, y asistido por la Letrada D. CARMEN HORCAJO MURO, y como apelado D. Juan Ramón representado por el procurador D. JOSE ROBERTO SANTAMARIA VILLOREJO, y asistido por el Letrado D. JOSE LUIS ARRIBAS JORGE, sobre Reclamación de Cantidad. Siendo Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. D. JUAN SANCHO FRAILE que expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
  1. : Los de la resolución recurrida, que contiene el siguiente FALLO "Que estimando la demanda interpuesta por el Procurador DON JOSE ROBERTO SANTAMARIA VILLOREJO, en nombre y representación de DON Juan Ramón, contra DON Tomás, debo condenar y condeno al demandado y abonar al actor la cantidad de MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y CINCO EUROS Y CINCUENTA CENTIMOS (1.255,50 €), más los intereses moratorios desde la fecha de interposición de la demanda hasta la fecha de esta Sentencia; y los intereses del art. 576 L.E.Cv. desde la fecha de la Sentencia hasta su completo abono; con expresa condena en costas a la parte demandada".

  2. : Notificada la anterior resolución a las partes por la representación de la Procuradora Dña. Beatriz Domínguez Cuesta en nombre y representación de DON Tomás se presentó escrito preparando recurso de apelación, que posteriormente formalizó, mediante otro escrito, dentro del término que le fue concedido al efecto. Y dado traslado a la otra parte, presentó escrito de oposición a dicho recurso dentro del plazo que le fue concedido, acordándose por el Juzgado, la remisión de los autos a la Audiencia Provincial de Burgos, habiendo correspondido en el reparto general de asuntos, a esta Sección Tercera de la Audiencia Provincial.

  3. : Recibidos los autos y formado el correspondiente Rollo de Sala, se turnó de ponencia, señalándose para votación y fallo el día 25 de Abril de 2007 en que tuvo lugar.

  4. : En la tramitación del presente recurso se han observado las formalidades legales.

FUNDAMENTOS JURIDICOS
PRIMERO

Se aceptan, en lo sustancial, los fundamentos jurídicos de la sentencia apelada, salvo en lo que sean contrario a los que siguen.

SEGUNDO

Por la representación de la parte demandada y apelante, se impugna la sentencia de instancia pretendiendo en esta alzada su revocación y se desestime íntegramente la demanda, absolviendo a esa parte de las pretensiones contenidas en ella, con expresa imposición de costas.

La parte apelante impugna el fundamento segundo de la sentencia de instancia por error en la valoración de la prueba, y oponiendo la falta de acción y legitimación pasiva porque el demandado no era titular, en fecha 28 de septiembre de 2005, ni lo fue nunca del perro mastín atropellado por la actora - interviniendo en el accidente ocurrido el 24 de septiembre de 2005 en el punto kilométrico 37,350 de la N-627, término municipal de Urbel del Castillo, irrumpiendo de forma súbita e inesperada en la calzada y colisionando con el vehículo propiedad del actor matrícula....-XKQ, ocasionando daños por importe de reparación de 1.255,50 euros.

TERCERO

La cuestión controvertida en esta alzada, como lo fue en...

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