SAP Málaga 104/2008, 20 de Febrero de 2008
Ponente | MARIA DE LA SOLEDAD JURADO RODRIGUEZ |
ECLI | ES:APMA:2008:851 |
Número de Recurso | 502/2007 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 104/2008 |
Fecha de Resolución | 20 de Febrero de 2008 |
Emisor | Audiencia Provincial - Málaga, Sección 6ª |
SENTENCIA Nº 1 0 4 / 0 8.
Ilmos. Sres.
Presidente
D. Antonio Alcalá Navarro.
Magistrados
D. José Javier Díez Núñez
Dª Soledad Jurado Rodríguez.
En Málaga, a veinte de febrero de dos mil ocho.
Vistos en grado de apelación, ante la Sección Sexta de esta Audiencia Provincial, los autos de Juicio Ordinario nº 913/05
procedentes del Juzgado de Primera Instancia nº 14 de Málaga, sobre reclamación de cantidad, seguidos a instancia de
Telefónica de España, S.A.U., representada en el recurso por la Procuradora Doña Mª Angustias Martínez Sánchez-Morales y
defendida por la Letrada Doña Beatriz Ramos Alcázar, contra Nigasur 2.001, S.L., representada en el recurso por el Procurador
Don Javier Duarte Diéguez y defendida por el Letrado Don Rafael Queipo Ortuño, pendientes ante esta Audiencia en virtud de
recurso de apelación interpuesto por la demandada contra la sentencia dictada en el citado juicio.
El Juzgado de Primera Instancia nº 14 de Málaga dictó sentencia de fecha 5 de octubre de 2.006 en el juicio ordinario nº 913/05 del que este rollo dimana, cuya parte dispositiva dice así: "FALLO.-Que estimando la demanda interpuesta por la procuradora Sra. Martínez Sánchez Morales en nombre yrepresentación de Telefónica de España SAU contra Promotora Nigasur 2001 S.L. debo condenar y condeno a ésta a abonar a la actora la cantidad de 16.152,22 euros, la cual devengará el interés legal desde la fecha de la demanda; con expresa condena para la demandada en las costas causadas." (sic)
Contra la expresada sentencia se tuvo por preparada la apelación en virtud de escrito presentado por el Procurador D. Javier Duarte Dieguez en nombre y representación de Nigasur 2001 S.L., que interpuso el recurso en plazo y forma, del que se dio traslado a la otra parte, presentado escrito de oposición al recurso, remitiéndose los autos a esta Audiencia, donde al no haberse propuesto prueba ni considerarse necesaria la celebración de la vista, previa deliberación de la Sala que tuvo lugar el 15 Noviembre de 2007 , quedaron las actuaciones conclusas para sentencia.
En la tramitación del recurso se han observado las prescripciones legales, siendo Ponente la Iltma. Sra. Dª Soledad Jurado Rodríguez.
FUNDAMENTOS DE DERECHOS
Se inicia el presente procedimiento mediante demanda formulada el 21 de Julio de 2005 por Telefónica de España S.A. contra Nigasur 2001 S.L., siendo su base fáctica los daños producidos en instalaciones subterráneas de la actora cuando la demandada realizaba obras en una parcela de terreno sita en la Avda. Mediterráneo del Rincón de la Victoria, ocasionándose con trabajos de excavación el 8 Julio 2004 la rotura de un cable telefónico de 600 pares tipo CDF, un cable de 600 pares tipo CEF y prisma de canalización telefónico subterráneo por el que dicho cables discurrían, reclamándose por ello, y al amparo de lo establecido en los artículos 1902 y 1903 del Código Civil , el pago de la cantidad a la que asciende la reparación de esos años, la cual se fija en 16.152´22 €, pretensión que es estimada por la sentencia dictada en la anterior instancia, y frente a la cual interpone recurso de apelación la demandada interesando el dictado de sentencia absolutoria alegando en primer lugar error en la valoración de la prueba al declarar que el daño era previsible,...
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