SAP Barcelona 298/2004, 9 de Junio de 2004
Ponente | MIGUEL JULIAN COLLADO NUÑO |
ECLI | ES:APB:2004:7617 |
Número de Recurso | 201/2004 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 298/2004 |
Fecha de Resolución | 9 de Junio de 2004 |
Emisor | Audiencia Provincial - Barcelona, Sección 19ª |
SENTENCIA N ú m. 298/04
Ilmos. Sres.
D. MIGUEL JULIAN COLLADO NUÑO
Dª NURIA BARRIGA LOPEZ
Dª ASUNCION CLARET CASTANY
En la ciudad de Barcelona, a nueve de junio de dos mil cuatro.
VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección Decimonovena de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de , número seguidos por el Juzgado de Primera Instancia de Rubi, a instancia de D/Dª. María Inés , contra D/Dª. Jose Daniel , AIG EUROPE y ST. PAUL INSURANCE ESPAÑA SEGUROS Y REASEGUROS S.A. ; los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por ambas partes contra la Sentencia dictada en los mismos el día 25 de Julio de 2003 , por el/la Juez del expresado Juzgado .
La parte dispositiva de la Sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por Doña María Inés condeno a D. Jose Daniel y ST. PAUL INSURANCE ESPAÑA, S.A. a abonar solidariamente a la actora la suma de doce mil seiscientos seis euros con cuarenta y ocho céntimos (12.606'48 euros) más los intereses legales que a cada demandado correspondan.
II,- Absolver a AIG EUROPE de las pretensiones formuladas contra ella en la demanda.
-
Cada parte abonará las costas causadas a su instancia y las comunes por mitad. "
Contra la anterior Sentencia interpuso recurso de apelación la parte ambas partesmediante su escrito motivado, dándose traslado a la contraria se opuso en tiempo y forma ; elevándose las actuaciones a esta Audiencia Provincial .
Se señaló para votación y fallo el día 27 de mayo de 2004 .
En el presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.
VISTO, siendo Ponente el Ilmo/a. Sr/a. Magistrado/a D/Dª. MIGUEL JULIAN COLLADO NUÑO .
La sentencia de 25 de julio de 2003 , dictada por el Juzgado de 1ª Instancia nº 2 de Rubí , Barcelona , en el curso del procedimiento de menor cuantía nº 272/2000 estimaba parcialmente la demanda formulada por María Inés contra Jose Daniel y THE ST. PAUL INSURANCE ESPAÑA , SEGUROS Y REASEGUROS SA, condenando a ambos solidariamente a abonar a la actora la suma de
12.606,48 EUR mas los intereses legales correspondientes , absolviendo a AIG EUROPE de las pretensiones contra ellas formuladas sin hacer especial pronunciamiento en cuanto a las costas causadas . Contra esta resolución se alza el recurso de la actora María Inés , que entiende que la indemnización correspondiente ha de verse ampliada hasta la suma de 25.212,96 EUR en cuanto aun cuando el esposo de la actora no ha sido parte en este procedimiento se ha justificado en el mismo la negligencia causada por el demandado con su actuación profesional además de reconocerse el daño moral causado no solo a al demandante sino a la unidad familiar de la que forma parte ; THE ST. PAUL INSURANCE ESPAÑA , SEGUROS Y REASEGUROS SA, por su parte , también plantea recurso de apelación , en este caso por discrepar con la sentencia de instancia en la calificación y examen de la póliza que la vinculaba con el demandado , así considera la recurrente que atendida la vigencia de la póliza concertada en el año 1998 con cobertura de aquellos siniestros cuya primera reclamación se efectuara en dicha anualidad , consta reconocido por la propia demandante que dirigió en el año 1997 reclamación frente al letrado demandado , también cuestiona la negligencia del letrado mencionado considerando que no se ha justificado que la demandante le hiciera entrega de toda la documentación de la que disponía ; por otro lado muestra su conformidad con la reducción de la indemnización basada en la ausencia de reclamación del esposo mas cuantificando esta en 8.404,32 EUR , o bien en 3.000 EUR sin poder incluir las 200.000 pesetas entregadas por la actora , junto con su esposo , al letrado condenado , interesando finalmente la clarificación de los intereses a los que era condenada dicha entidad . AIG EUROPE , por su parte , solicitó la confirmación de la sentencia recurrida .
Hemos de analizar los distintos motivos de los recursos planteados ,lo cual haremos siguiendo un orden lógico , comenzando por aquel de la actora María Inés , que entiende que la indemnización correspondiente ha de verse ampliada hasta la suma de 25.212,96 EUR en cuanto aun cuando el esposo de la actora no ha sido parte en este procedimiento se ha justificado en el mismo la negligencia causada por el demandado con su actuación profesional además de reconocerse el daño moral causado no solo a al demandante sino a la unidad familiar de la que forma parte . En este sentido solo hemos de acudir a la jurisprudencia de nuestro Tribunal Supremo , cuando , en sentencia de 11 abril 2003 , declara que nadie puede ser obligado a demandar, continuando en el...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba