SAP A Coruña 402/2000, 6 de Noviembre de 2000

PonenteAGUSTIN JESUS PEREZ-CRUZ MARTIN
ECLIES:APC:2000:4021
Número de Recurso2640/1999
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución402/2000
Fecha de Resolución 6 de Noviembre de 2000
EmisorAudiencia Provincial - A Coruña, Sección 4ª

RIBEIRA N° 1.-Rollo: MENOR CUANTIA 2640 /1999

VTA.11-10-00.-FECHA DE REPARTO: 26-10-99.-SENTENCIA N° 402

AUDIENCIA PROVINCIAL

Sección Cuarta

Ilmos. Sres. Magistrados:

JOSÉ LUIS SEOANE SPIEGELBERG

ANTONIO MIGUEL FNDEZ MONTELLS FERNANDEZ

AGUSTIN PEREZ CRUZ MARTIN

En A CORUÑA, a seis de Noviembre de dos mil .

Vistos por la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial, integrada por los señores que al margen se relacionan los presentes autos de Juicio MENOR CUANTIA N° 128/98, sustanciado en el Juzgado de 1ª Instancia N° 1 DE RIBEIRA , y que ante la Audiencia Provincial pendían en grado de apelación, seguidos entre partes de una como DEMANDANTE Y APELANTE DOÑA María Luisa , representado por el Procurador Sr. Villar Pispieiro y de otra como DEMANDADOS Y APELANTES UNION ELECTRICA FENOSA, representado por el Procurador Sr. Bejerano Fdez., y EL AYUNTAMIENTO DE RIBEIRA, representado por el Procurador Sr del Río Sánchez, como DEMANDADOS Y APELADOS ESPINA, S.A. OBRAS HIDRAULICAS, el cual no compareció en esta segunda instancia y ROOMEL, S.L. ROO MONTAJES ELECTRICOS S.L., representado por el Procurador Sr. Glez. Abraldes; versando los autos sobre DECLARACION DE DERECHOS.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan y dan por reproducidos los antecedentes de hecho contenidos en la resolución apelada, dictada por el Juzgado de 1ª Instancia N° 1 DE RIBEIRA, con fecha 4-10-99 . SU PARTE DISPOSITIVA LITERALMENTE DICE: FALLO: Que debo estimar y estimo parcialmente la demanda presentada por la Procuradora Sra. Peleteiro Bandín en nombre y representación de María Luisa contra UNION ELECTRICA FENOSA, ESPINA, y MONTAJES ELECTRICOS S.L. y el AYUNTAMIENTO DE RIBEIRA, y que debo declarar y declaro que la finca "A REVOLTA" (a pinar, de una extensión de un ferrado o cuatro áreas ochenta y cuatro centiáreas) y la finca "a Revolta" (a pinar de una extensión de dos ferrados o nueve áreas, sesenta y ocho centiáreas) no debe servidumbre de conducción eléctrica en favor de Unión Fenosa ni a favor del Ayuntamiento de Ribeira y que debo condenar y condeno a Unión Eléctrica Fenosa aretirar los postes, los elementos y la línea de media tensión que transcurre por la finca de María Luisa finca objeto del presente procedimiento y que debo condenar y condeno al Ayuntamiento de Ribeira a retirar los postes y línea de baja tensión que se sitúen sobre las fincas de María Luisa objeto del presente procedimiento. Que debo absolver y absuelvo a Roo Montajes Eléctricos S.L. y a Espina S.A. Obras Hidraulicas de las pretensiones que contra ellos se formularon en el presente procedimiento. Sin que proceda efectuar un especial pronunciamiento respecto a las costas causadas en esta instancia debiendo cada parte abonar las propias y las comunes por mitad, a excepción de las costas causadas a instancia de Roo Montajes Eletricos S.A., y a Espina S.A. Obras Hidráulicas que serán de cargo de la parte actora."

SEGUNDO

Contra la referida resolución por DOÑA María Luisa , UNION ELECTRICA FENOSA Y EL AYUNTAMIENTO DE RIBEIRA, se interpuso recurso de apelación para ante la Audiencia Provincial que le fue admitido, y previos los correspondientes emplazamientos practicados a las partes, se elevaron los autos a este Tribunal y sustanciado el recurso tuvo lugar la vista el 11-10-00 en cuyo acto los Sres. José , Jose Carlos , Marco Antonio y Evaristo solicitaron lo que estimaron pertinente en apoyo de sus pretensiones.

TERCERO

Ha sido Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado DON AGUSTIN PEREZ CRUZ MARTIN.

FUNDAMENTOS JURIDICOS
PRIMERO

El objeto del presente litigio sometido a consideración judicial en la alzada, en virtud del recurso de apelación interpuesto frente a la sentencia del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. Uno de Ribeira (A Coruña), de cuatro de octubre de mil novecientos noventa y nueve consiste en recurso de apelación formulado por DOÑA María Luisa solicitando la revocación parcial de la sentencia en lo relativo a la desestimación de daños y perjuicios ocasionados como consecuencia de la tala de pinos realizado en las fincas de su propiedad, así como la imposición de las costas correspondientes a las empresas absueltas, ROO MONTAJES ELECTRICOS,...

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