SAP Sevilla, 13 de Septiembre de 2004
ECLI | ES:APSE:2004:3370 |
Procedimiento | CIVIL |
Fecha de Resolución | 13 de Septiembre de 2004 |
Emisor | Audiencia Provincial - Sevilla, Sección 5ª |
AUDIENCIA PROVINCIAL DE SEVILLA
Sección Quinta
Rollo Nº 4294.04
Nº. Procedimiento: 428/03
Juzgado de origen: Primera Instancia 2 de Ecija (Sevilla)
SENTENCIA
ILMOS. SRES. MAGISTRADOS
D. JOSE HERRERA TAGUA
D. CONRADO GALLARDO CORREA
D. FERNANDO SANZ TALAYERO
En Sevilla a 13 de septiembre de 2004
VISTOS por la Sección Quinta de esta Iltma Audiencia Provincial los autos de Juicio Verbal nº 428/03, procedentes del Juzgado de Primera Instancia número 2 de Ecija, promovidos por la SOCIEDAD GENERAL DE AUTORES Y EDITORES (S.G.A.E.), representada por el Procurador Don Juan José Barrios Sanchez contra DON Pedro Miguel , representado por la Procuradora Doña Begoña Rotllan Casal, autos venidos a conocimiento de este Tribunal en virtud de recurso de apelación interpuesto por la parte demandada contra la sentencia en los mismos dictada con fecha 24 de Marzo de 2004.
Se aceptan sustancialmente los de la resolución apelada, cuyo fallo literalmente dice: "Estimo íntegramente la demanda interpuesta por Don Luis Losada Valseca, en nombre y representación de la Sociedad General de Autores, y condeno a Don Pedro Miguel a pagar a la primera la suma de 2.309,96 euros.
Las costas procesales deberán ser abonadas por el Sr. Pedro Miguel ."
Notificada a las partes dicha resolución y apelada por la parte demandada, y admitido que le fue dicho recurso en ambos efectos, se elevaron las actuaciones originales a esta Audiencia con los debidos escritos de interposición de la apelación y de oposición a la misma, dándose a la alzada la sustanciación que la Ley previene para los de su clase.
Por resolución de 1 de Julio de 2004, se señaló la deliberación y votación de este recurso para el día 13 de Septiembre de 2004, quedando las actuaciones pendientes de dictar resolución.
En la sustanciación de la alzada se han observado las prescripciones legales.
VISTOS, siendo ponente el Iltmo. Sr. MagistradoDON FERNANDO SANZ TALAYERO
Se alza el demandado D. Pedro Miguel contra la sentencia de instancia que le condena a satisfacer a la Sociedad General de Autores y Editores (SGAE) el importe de las cuotas dejadas de abonar durante el período de Abril de 2001 a Mayo de 2003 inclusive como contraprestación por la autorización concedida por la demandante para la comunicación pública de las obras musicales de su repertorio en el establecimiento de copas denominado "Tucan" que explota el demandado. Funda su recurso en que la relación jurídica en que la demandante basa su pretensión es un contrato de 1 de julio de 1995, el cual está extinguido ya que fue revocado por otro de fecha 1 de marzo de...
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