AAP Salamanca 100/2003, 18 de Septiembre de 2003

Número de Recurso442/2003
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución100/2003
Fecha de Resolución18 de Septiembre de 2003
EmisorAudiencia Provincial - Salamanca, Sección ª

AUTO 100/03

En Salamanca, a dieciocho de septiembre de dos mil tres.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El día tres de enero de dos mil tres, por la Juez del Juzgado de Primera Instancia nº. 1 de Salamanca se dictó auto en el JUICIO DECLARACION DE HEREDEROS ABINTESTATO Nº 44/02, ROLLO DE SALA nº. 442/03 que contiene la siguiente PARTE DISPOSITIVA: "Se declara/n único/s y universal/es heredero/s abintestato de D/ña Sandra a su/s primos: D. Cornelio (fallecido con posterioridad a la causante), D. Jesús , Dª Dolores , D. Víctor , Dª Paula , D. Juan Pablo , Dª Begoña , ésta última representada por la Procuradora Sra. INESTAL SIERRA, así como a D. Evaristo , Dª Antonieta Y D. Juan Antonio , representados por el Procurador Sr. Martín Santiago, heredando todos ellos por iguales partes.

No ha lugar a la declaración de herederos abintestato de Dª Regina Y Dª Angelina ya que son parientes más allá del cuarto grado".

SEGUNDO

Contra referido auto se preparó recurso de apelación por la representación jurídica de Dª Regina y Dª Angelina , que fue formulado en tiempo y forma por dicha representación quien después de hacer las alegaciones que estimo oportunas en defensa de sus pretensiones terminó suplicando se dicte resolución mediante el que se estime íntegramente el presente recurso de apelación y se revoque el auto de instancia en el extremo relativo a que los recurrente, como parientes en segundo grado, deben ser declaradas herederas de Dª Sandra , habida cuenta de que su madre, era prima carnal de la fallecida y causante, con los pronunciamientos que sean inherentes, dado traslado de dicho escrito a la representación jurídica de D. Víctor se presento escrito de oposición para terminar suplicando no haber lugar al recurso de apelación con imposición de costas a las apelantes; y por la representación jurídica de D. Juan Antonio , Dª Antonieta y D. Simón se presentó escrito de oposición para terminar suplicando se desestime el recurso de apelación y confirme el auto apelado, con imposición a las apelantes de las costas causadas en esta instancia y por el MINSTERIO FISCAL interesó la desestimación del recurso formulado, con la confirmación del Auto recurrido y la condena en costas de la segunda instancia, por temeridad, de los apelantes.

TERCERO

Recibidos los autos en esta Audiencia se formó el oportuno rollo señalándose para la votación y fallo del recurso el día 12 de septiembre del año en curso, pasando los autos al Ilmo. Sr. Magistrado Ponente para dictar sentencia.

Vistos, siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. JOSE ANTONIO MARTÍN PEREZ.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Por la representación procesal de Dª. Regina y Dª. Angelina se interpone recurso de apelación frente al Auto de 3 de enero de 2003, dictado por el...

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