SAP Vizcaya 209/2008, 12 de Marzo de 2008
Ponente | FERNANDO VALDES-SOLIS CECCHINI |
ECLI | ES:APBI:2008:531 |
Número de Recurso | 392/2007 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 209/2008 |
Fecha de Resolución | 12 de Marzo de 2008 |
Emisor | Audiencia Provincial - Vizcaya, Sección 4ª |
AUDIENCIA PROVINCIAL DE BIZKAIA
BIZKAIKO PROBINTZIA-AUZITEGIA
Sección 4ª
BARROETA ALDAMAR 10 3ªplanta- C.P. 48001
Tfno.: 94-4016665
Fax: 94-4016992
N.I.G. 48.03.2-06/400694
A.incapacidad L2 392/07
O.Judicial Origen: 1ª Inst. e Instrucc. nº 3 (Gernika)
Autos de Incapacitación 98/06
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Recurrente: Patricia
Procurador/a: MARIA DEL MAR ORTEGA GONZALEZ
Recurrido: FISCALIA DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAIS VASCO
Procurador/a: SIN PROCURADOR
SENTENCIA Nº 209/07
ILMOS. SRES.
D. FERNANDO VALDÉS SOLÍS CECCHINI
Dña. LOURDES ARRANZ FREIJO
Dña. REYES CASTRESANA GARCÍA
En BILBAO, a doce de Marzo de 2008.
Visto en grado de apelación ante la Audiencia Provincial de Bilbao, Sección Cuarta, integrada por los Ilmos. Sres. Magistrados arriba reseñados, el procedimiento INCAPACIDAD Nº 98/06, procedente del Juzgado de 1ª Instancia nº 3 de Gernika-Lumo y seguido entre las siguientes partes:
- Como parte apelante Patricia defensor judicial de Dª Elena representada por la Procuradora Sra. Ortega Gónzalez y dirigida por el Letrado Sr. Amunategui Cenarruzabeitia.
- Siendo parte EL MINISTERIO FISCAL que se opone al recurso.
SE ACEPTAN y se dan por reproducidos en lo esencial, los antecedentes de la Sentencia apelada en cuanto se relacionan con la misma.
Que la Sentencia de Instancia de fecha 22 de Septiembre de 2006 es de tenor literal siguiente:
"FALLO: Estimo totalmente la demanda interpuesta por el Ministerio Fiscal y debo declarar y declaro la incapacidad de Dª. Elena para regir su persona y bienes.
Se acuerda designar tutor a Instituto Tutelar de Bizkaia, con todas las facultades que legalmente corresponden a los tutores.
Se autoriza el internamiento de la incapaz en el "geriátrico Arrotegui" de la Localidad de Busturia.
Ábrase el oportuno expediente de jurisdicción voluntaria para todo lo referente a la tutela con el testimonio de la presente sentencia".
Publicada y notificada dicha Resolución a las partes litigantes, por la representación de la demandada se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación que, admitido por el Juzgado de Instancia y tramitado en legal forma, ha dado lugar a la formación del presente rollo, al que ha correspondido el nº 392/07 de Registro y que se ha suscitado con arreglo a los trámites de los de su clase.
-Hecho el oportuno señalamiento la vista del recurso se celebró ante la Sala el pasado día 4 de Marzo de 2008, con asistencia del letrado de la parte apelante D. Aitor Amunategui Cenarruzabeitia y de la letrado Dª Carmen García Martínez como letrado del Instituto Tutelar de Bizkaia; y el M.Fiscal quienes informaron en apoyo de sus respectivas pretensiones.
En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.
Ha sido Ponente para este trámite el Ilmo. Sr. Magistrado D. FERNANDO VALDÉS SOLÍS CECCHINI.
Se acepta y da por reproducida la fundamentación...
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