SAP Granada 732/2000, 25 de Octubre de 2000
Ponente | JUAN FRANCISCO RUIZ-RICO RUIZ |
ECLI | ES:APGR:2000:2973 |
Número de Recurso | 405/2000 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 732/2000 |
Fecha de Resolución | 25 de Octubre de 2000 |
Emisor | Audiencia Provincial - Granada, Sección 4ª |
SENTENCIA NUM 732
ILTMOS. SEÑORES:
PRESIDENTE
D. ANTONIO MOLINA GARCIA
MAGISTRADOS
D. JUAN FCO RUIZ RICO RUIZ
D. JOSÉ MALDONADO MARTÍNEZ
En la ciudad de Granada a Veinticinco de Octubre de dos mil. La Sección Cuarta de esta Iltma.
Audiencia Provincial, ha visto, en grado de apelación los precedentes autos de J. Verbal n° 232/99, seguidos ante el Juzgado de Primera Instancia Uno de Baza; en virtud de demanda de D. María Inés , que ha designado para oír notificaciones en esta instancia a la Procuradora Dª. Mª Fidel Castillo Funes; contra
D. Gaspar , que ha nombrado a igual Procuradora, para oír notificaciones en esta alzada.
Aceptando como relación los "Antecedentes de Hecho" de la sentencia apelada, y
La referida sentencia, fechada en Treintiuno de enero de 2.000, contiene el siguiente Fallo: " Que estimando íntegramente la demanda interpuesta por el Procurador D. Andrés Morales García, en nombre y representación de Doña María Inés , quién actuaba en nombre propio y en beneficio de la comunidad de bienes que integra con sus hermanos D. Jose María , D. Jorge , Dª Cristina y D. María y el sobrino de todos ellos d. Julián , contra d. Gaspar , debo declarar y declaro el dominio de los mismos sobre la parcela triangular que, mirando desde el Camino de los Baños hacia la Huerta de los Baños de Zamora, linda a su derecha, con terrenos propiedad del demandado, de los que los separa el muro de contención de la balsa propiedad de la actora, muro que, a su vez, continua como pared lateral del brazal que va hasta la balsa, desde el Camino de los Baños de Zamora y por el que ésta toma agua del pago del Caza Bajo, conuna superficie aproximada de veinte metros cuadrados, condenando al demandado a estar y pasar por las consecuencias de dicha declaración y a apagar las costas ".
Sustanciado y seguido el presente recurso, por sus tramites ante esta Iltma. Audiencia Provincial, en virtud de apelación interpuesta por la parte demandada, por escrito y ante el órgano que dictó la sentencia; de dicho recurso se dio traslado a la parte contraria, que lo impugnó; tras ello se elevaron las actuaciones a este Tribunal, señalándose día para la votación y fallo, en que ha tenido lugar.
Han sido observadas las prescripciones legales de trámite.
Siendo Ponente el Magistrado Iltmo. Sr. D. JUAN FCO RUIZ RICO RUIZ.
La acción declarativa de dominio que se ha ejercitado en la demanda exige dos requisitos esenciales coincidentes con los necesarios, para la acción reivindicatoria que son la presentación de un título que acredite la adquisición de la propiedad de la cosa y la perfecta identificación de la misma ( S.T.S. de 14-3-89, 17-10-91, 1-12-93 y 4-4-97 ). En el caso enjuiciado ninguna duda ofrece el primero de...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba