SAP Girona 95/2005, 2 de Marzo de 2005

PonenteFERNANDO LACABA SANCHEZ
ECLIES:APGI:2005:415
Número de Recurso516/2004
Número de Resolución95/2005
Fecha de Resolución 2 de Marzo de 2005
EmisorAudiencia Provincial - Girona, Sección 1ª

D. FERNANDO LACABA SANCHEZD. FERNANDO FERRERO HIDALGOD. CARLES CRUZ MORATONES

AUDIENCIA PROVINCIAL

SECCION PRIMERA

GIRONA

APELACION CIVIL.

Rollo nº: 516/2004

Autos: declarativo menor cuantía nº: 398/2000

Juzgado Primera Instancia 3 Girona (ant.CI-8)

SENTENCIA Nº 95/2005

Ilmos. Sres.:

PRESIDENTE

Don Fernando Lacaba Sánchez

MAGISTRADOS

Don Fernando Ferrero Hidalgo

Don Carles Cruz Moratones

En Girona, dos de marzo de dos mil cinco.

VISTO, ante esta Sala el Rollo de apelación nº 516/2004, en el que ha sido parte apelante G. T. GABINET DE GESTIÓ DE PROJECTES I OBRES, S.L., representada esta por la Procuradora Dña. NURIA ORIELL COROMINAS, y dirigida por el Letrado D. JOSEP Mª POU SOLER; y como parte apelada Dña. Elvira, representada por el Procurador D. CARLOS JAVIER SOBRINO CORTÉS, y dirigida por el Letrado D. JORDI RUFÍ MASÓ; y también como partes apeladas no comparecidas en esta alzada Lorenzo, MONTCROS, S.L, CONSTRUCCIONS L'ARBRE SEC, S.L. y Adolfo.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado Primera Instancia 3 Girona (ant.CI-8), en los autos de Juicio Declarativo de Menor Cuantía nº 398/2000, seguidos a instancias de Dña. Elvira, representada por el Procurador D. CARLOS JAVIER SOBRINO CORTÉS y bajo la dirección del Letrado D. SEBASTIÀ SALELLAS, contra D. Adolfo, representado por la Procuradora Dña. CARMEN RAMIÓ COSTA; D. Lorenzo y G. T. GABINET DE GESTIÓ DE PROJECTES I OBRES, S.L, representados por la Procuradora NURIA ORIELL COROMINAS y bajo la dirección del Letrado D. JOSEP Mª POU SOLER; MONTCROS, S.L, representada por la procuradora Dña. ELISENDA PASCUAL SALA; y CONSTRUCCIONS L'ARBRE SEC, S.L, en rebeldía procesal, se dictó sentencia cuya parte dispositiva, literalmente copiada dice así: "FALLO: Que estimando la demanda interpuesta por Dña. Elvira representada por el Procurador Sr. Sobrino contra D. Adolfo representado por la Procuradora Sra. Ramió, G.T. GABINET DE GESTIÓ DE PROJECTES I OBRES, S.L, representada por la Procuradora Sra. Oriell, MONTCROS, S.L. representada por la Procuradora Sra. Pascual y CONSTRUCCIONS L'ARBRE SE, S.L, en rebeldía, debo condenar y condeno de forma solidaria a MONTCROS, S.L, G.T. GABINET DE GESTIÓ DE PROJECTES I OBRES, S.L. y D. Adolfo a satisfacer a la actora la suma de 527.759 pts (3.171,90 Euros) y debo condenar y condeno de forma solidaria a MONTCROS, S.L., G.T. GABINET DE GESTIÓ DE PROJECTES I OBRES, S.L. y CONSTRUCCIONS L'ARBRE SE, S.L a satisfacer a la actora la suma de 1.126.748 pts (6.771,48 Euros).

Todo ello con más intereses legales desde demanda e incrementados en dos puntos desde sentencia.

Se condena igualmente a MONTCROS, S.L,, G.T. GABINET DE GESTIÓ DE PROJECTES I OBRES, S.L., D. Adolfo y CONSTRUCCIONS L'ARBRE SEC, S.L. a indemnizar de forma soildaria a la actora en la suma que resulte determinada en período de ejecución de sentencia como necesaria para la pintura de las zonas que resultaron afectadas por los defectos y por los trabajos de restauración de los mismos. Se imponen las costas a los condenados.

Que desestimando la demanda acumulada formulada contra D. Lorenzo debo absolver y absuelvo a este de los pedimentos del escrito de demanda sin hacer imposición de costas satisfaciendo por tanto el Sr. Lorenzo las propias." .

SEGUNDO

La relacionada sentencia de fecha 02/04/2002, se recurrió en apelación por la parte demandada G.T. GABINET DE GESTIÓ DE PROJECTES I OBRES, S.L., por cuyo motivo se elevaron los autos a esta Audiencia y se han seguido los demás trámites establecidos en la LEC.

TERCERO

En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

VISTO siendo Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. Fernando Lacaba Sánchez .

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Se aceptan los de la recurrida en tanto no se oponen a los recogidos a continuación.

PRIMERO

Doña Elvira interpuso demanda basada en defectos constructivos, al amparo del art, 1591 del CC frente al arquitecto superior D. Adolfo, el arquitecto técnico D. Lorenzo y las entidades Construccions L'Arbre Sec SL y G.T. Gabinet de Gestio de Proyectes i Obres SL, resultando que la Sentencia de primer grado estimó en su totalidad la demanda.

Frente a lo resuelto se alza exclusivamente la entidad G.T. GABINET DE GESTIO DE PROJECTES I OBRES SL, la cual ya adujo en su contestación su falta de legitimación pasiva desde el momento en que se le atribuye la responsabilidad por los defectos constructivos, cuando manifiesta que no llevó a cabo la ejecución material de la obra ya que corrió a cargo únicamente de la empresa Montcros S.l., lo cual no fue aceptado por la Sentencia que se impugna, razón por la cual, se reitera la ausencia de dicha condición, con fundamento en errónea valoración de la prueba practicada al respecto.

SEGUNDO

La cuestión ha resolver por esta Sala radica en examinar si en la entidad recurrente concurre o no la condición de promotora de la vivienda hoy propiedad de la actora, o por el contrario ello no es así. La Sentencia impugnada fundamenta la condición de promotora en dos extremos: dicha sociedad aparece en el certificado final de obras como promotora (doc. nº 11 de la demanda) y también aparece como tal en los planos del proyecto básico (doc. 3 al 10 de la demanda).

La Jurisprudencia del TS viene describiendo la incorporación del promotor al proceso constructivo en la ya antigua S. de 11-Octubre-1974, al decir: "El promotor reúne en una misma persona generalmente el carácter de propietario del terreno, constructor y propietario de la edificación llevada a cabo sobre aquel¿"

La Sentencia de 30 septiembre 1991, dice que "el promotor vendedor es aquel en el que se centra toda la actividad constructora (ideación, planificación, coordinación, organización, acometida, financiación y control de la construcción), y culmina con la comercialización, aunque la venta puede hacerse por delegación en agentes de propiedad inmobiliaria" y la STS 21-Octubre-1998...

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