SAP Vizcaya 270/2001, 13 de Marzo de 2001

PonenteMAGDALENA GARCIA LARRAGAN
ECLIES:APBI:2001:1186
Número de Recurso314/2000
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución270/2001
Fecha de Resolución13 de Marzo de 2001
EmisorAudiencia Provincial - Vizcaya, Sección 5ª

D. Mª ELISABETH HUERTA SANCHEZDª. Dª. LEONOR CUENCA GARCIAD. Mª MAGDALENA GARCIA LARRAGAN

AUDIENCIA PROVINCIAL DE BIZKAIA

BIZKAIKO PROBINTZIA-AUZITEGIA

Sección 5ª

BARROETA ALDAMAR 10 3ª planta

Tfno.: 94-(4016666)

Fax: 94-4016992

N.I.G. 48.04.2-00/700531

R. MENOR CUANTIA 314/00

O.Judicial Origen: 1ª Inst. e Instrucc. nº 2 (Getxo)

Autos de J. MENOR CUANTIA 196/98

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Recurrente: Valentín

Procurador/a: FRANCISCO DE BORJA FERNANDEZ BODEGAS

Recurrido: AYUNTAMIENTO DE GORLIZ y MAPFRE ASEGURADORA

Procurador/a: PAULA BASTERRECHE ARCOCHA y PAULA BASTERRECHE ARCOCHA

SENTENCIA Nº 270/01

ILMAS. SRAS.

Dña. Dª Mª ELISABETH HUERTA SANCHEZ.

Dña. Dª LEONOR CUENCA GARCIA

Dña. Dª Mª MAGDALENA GARCIA LARRAGAN.

En la Villa de Bilbao, a trece de Marzo de dos mil uno.

Vistos por la Sección Quinta de esta Audiencia Provincial en grado de apelación, los presentes autos de juicio de menor cuantia sobre reclamación de cantidad seguidos en primera instancia ante el Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Getxo y del que son partes como demandante Valentín representado por la Procuradora Doña Sofía Basterra Larroude y dirigido por el Letrado Don José Ignacio Ormaetxe Kortajarena, y como demandados AYUNTAMIENTO DE GORLIZ Y MAPFRE COMPAÑÍA ASEGURADORA representados por la Procuradora Doña Isabela Eguskiza y dirigido por el Letrado Don Juan José Orbe, siendo Ponente en esta instancia la Ilma. Sra. Magistrada Dª Mª MAGDALENA GARCIA LARRAGAN

ANTECEDENTES

Se dan por reproducidos los antecedentes de la sentencia apelada.

PRIMERO

Por el Juzgador en primera instancia se dictó, con fecha 10 de abril de 2000, sentencia cuya parte dispositiva dice literalmente: FALLO: "Desestimando la demanda formulada por la Procuradora Sra. Basterra Larroude, debo absolver y absuelvo al Ayuntamiento de Górliz y a Seguros Mapfre de la demanda contra ellos interpuesta, imponiendo a la actora el pago de las costas del juicio".

SEGUNDO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de apelación por la representación de D. Valentín y admitido dicho recurso en ambos efectos se elevaron los autos a esta Audiencia, previa su tramitación, y recibidos en esta Audiencia y una vez turnados a esta sección, se formó el correspondiente rollo y se siguió este recurso por sus trámites.

TERCERO

En el acto de la vista y por el Letrado de la parte apelante se solicitó la estimación del recurso y la revocación de la sentencia y que se dicte nueva resolución por la que, estimando la demanda, se condene a los demandados en los términos interesados en el suplico de la misma con imposición de costas en primera instancia a las codemandadas y sin hacer especial pronunciamiento respecto de las de esta alzada.

La parte apelada interesó la desestimación del recurso y la confirmación de la sentencia con condena en costas a la recurrente.

CUARTO

En la tramitación de estos autos en ambas instancias se han observado las formalidades y términos legales, excepto el plazo para dictar sentencia debido a la acumulación de asuntos de preferente resolución.

FUNDAMENTOS JURIDICOS
PRIMERO

Ejercitada por el demandante hoy recurrente frente al Ayuntamiento de Górliz y su compañía aseguradora acción de responsabilidad extracontractual en reclamación de indemnización por los daños y perjuicios padecidos a consecuencia de una caída que tuvo lugar el día 25 de julio de 1997 en el centro de la calle peatonal Jose Antonio Agirre eta Lekube del municipio de Gorliz, tropezando el actor con una arqueta de desagüe, caída que imputa el demandante, por un lado, a la deficiente iluminación, y, por otro lado, al defectuoso remate y peligrosa colocación de la tapa de la arqueta, esto es, en definitiva, al mal funcionamiento y falta de mantenimiento de un servicio público, la primera de las...

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