AAP Madrid 319/2003, 14 de Julio de 2003

ECLIES:APM:2003:8613
ProcedimientoPENAL
Número de Resolución319/2003
Fecha de Resolución14 de Julio de 2003
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 2ª

MJ

AUDIENCIA PROVINCIAL

SECCIÓN SEGUNDA

MADRID

Rollo: APELACION PROCTO. ABREVIADO Nº188 /2003

Proc. Origen: PROCEDIMIENTO ABREVIADO Nº74 /2003

Órgano Procedencia: JDO. DE LO PENAL Nº10 de MADRID

S E N T E N C I A Nº 319/2003

ILMAS. SRAS.

PRESIDENTA DÑA. Mª DEL CARMEN COMPAIRED PLO

MAGISTRADA DÑA. A. MARÍA RIERA OCÁRIZ

MAGISTRADA DÑA. SUSANA POLO GARCÍA

En MADRID, a catorce de julio de dos mil tres.

VISTO, por esta Sección Segunda de esta Audiencia Provincial de Madrid, el recurso de apelación interpuesto por la Procuradora Dª. María Eugenia Pato Sanz, en representación de D. Benedicto , D. Ismael y D. Jose María , contra Sentencia dictada por el Juzgado de lo Penal nº 10 de Madrid; habiendo sido parte en él los mencionados recurrentes y el Ministerio Fiscal, en la representación que le es propia, actuando como ponente la Magistrada Ilma. Sra. Dª A. MARÍA RIERA OCÁRIZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En el Juicio Oral de referencia se dictó Sentencia con fecha 15 de marzo de 2003, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: >FALLO: Que DEBO CONDENAR Y CONDENO a Benedicto , ya circunstanciado, como autor:

  1. - De un delito de atentado con instrumento peligroso de los arts. 552-1ª en relación con el art. 551.1 inciso 2º y 550 del Código Penal a la pena de 26 meses de prisión con la accesoria de inhabilitación especial del derecho de sufragio pasivo durante la condena.

  2. - De una falta de lesiones del art. 617-1º del Código Penal, a la pena de 4 fines de semana de arresto. Indemnizará al Policía Nacional NUM000 en 420,71 euros por lesiones. Costas causadas a su instancia.

Le debo absolver y absuelvo del delito de conducción temeraria y del delito de atentado como inductor, declarando de oficio las costas de ellas derivadas.

Debo condenar y condeno a Jose María como autor de:

1) un delito de atentado de los arts. 551.1, inciso 2º en relación con el 550 a la pena de 14 meses de prisión con la accesoria de inhabilitación especial del derecho de sufragio pasivo durante la condena.

2) Una falta del art. 617.1º del Código Penal a la pena de 4 fines de semana de arresto.

Costas causadas a su instancia.

Debo condenar y condeno a Ismael como autor de un delito de atentado del art. 551.1 inciso 2º en relación con el art. 550 a la pena de 14 meses de prisión con la accesoria de inhabilitación especial del derecho de sufragio pasivo durante la condena.

Costas causadas a su instancia.

Dedúzcase testimonio contra los acusados en esta causa, por si los hechos denunciados por los agentes de la Policía Nacional en el acto del juicio oral fuesen cuantitativa de un delito de obstrucción a la acción de la justicia, con remisión de copia del acta del juicio oral.

Y como Hechos Probados expresamente se recogen los de la sentencia apelada, a la cual nos remitimos.

SEGUNDO

Contra dicha Sentencia, por la representación procesal de los hoy recurrentes, se interpuso recurso de apelación que formalizó exponiendo las alegaciones que constan en su escrito, el cual se halla unido a las actuaciones.

TERCERO

Dado traslado del escrito de formalización del recurso al Ministerio Fiscal, se presentó escrito de impugnación en base a la sentencia objeto de recurso plenamente ajustada a derecho solicitando su confirmación.

CUARTO

Por el Juzgado de lo penal más arriba referido se remitieron a este Tribunal los Autos originales con todos los escritos presentados y, recibidos que fueron, se señaló día para deliberación, la que tuvo lugar el día 14 de julio de 2003.

HECHOS PROBADOS

Se aceptan y se dan por reproducidos los hechos que en la sentencia recurrida se declaran probados.

FUNDAMENTOS JURIDICOS
PRIMERO

Benedicto , Luis y Jose María han sido condenados en la sentencia e instancia, respectivamente, como autores de un delito de atentado con instrumento peligroso de los arts.550, 551.1 y 552-1 del CP, de un delito de atentado previsto en los arts.550 y 551-1 y de dos faltas de lesiones del art.617-1 del CP.

Los tres acusados formulan un recurso único de apelación en el que se invoca el error en la valoración de la prueba y en la calificación jurídica de los hechos, así como la vulneración del derecho a la...

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