AAP Madrid 403/2003, 24 de Septiembre de 2003

ECLIES:APM:2003:10228
ProcedimientoPENAL
Número de Resolución403/2003
Fecha de Resolución24 de Septiembre de 2003
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 6ª

ROLLO DE APELACIÓN Nº 14/2003

JUICIO ORAL Nº 304/2002

JUZGADO DE LO PENAL Nº 27 DE MADRID

EN NOMBRE DEL REY

SENTENCIA Nº 403/2.003

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

SECCIÓN SEXTA

Ilmos. Sres.

Presidente

D. PEDRO JAVIER RODRÍGUEZ GONZÁLEZ PALACIOS

Magistrados

D. FRANCISCO JESÚS SERRANO GASSENT

D. JULIÁN ABAD CRESPO

En Madrid, a 24 de septiembre de 2003.

VISTAS en segunda instancia ante la Sección Sexta de esta Audiencia Provincial de Madrid las presentes diligencias seguidas por el trámite de procedimiento abreviado, en virtud del recurso de apelación interpuesto por don Luis Angel contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Penal nº 27 de Madrid de fecha 18.11.2002 en los autos de Juicio Oral nº 304/2002, siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. JULIÁN ABAD CRESPO, quien expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de lo Penal antes citado se dictó sentencia en la que se declaraban como hechos probados los siguientes: " En fecha 22-2-1.991, el acusado Luis Angel , mayor de edad y sin antecedentes penales, se personó en las oficinas de Renta 4, Sociedad de Valores de Bolsa, donde era conocido por las inversiones que realizaba, y fue acompañado de Mariano que llevaba 10.000.000 pts. para invertir en letras del tesoro a plazo de dias, importe que se ingresó en la cuenta bancaria de Renta 4, 8.000.000 pts. pertenecían a Mariano y a su esposa Ángela , y los 2.000.000 pts. restantes pertenecían a la madre de Mariano llamada Catalina .

El acusado retiró las siguientes cantidades de la cuenta de Ángela :

El 4-4-91, la cantidad de 750.000 pts.

El 26-4-91, la cantidad de 1.000.000 pts.

El 7-5-91, la cantidad de 2.333.503 pts.

De la cuenta de Mariano , las cantidades siguientes:

El 26-3-91, la cantidad de 1.000.000 pts.

El 27-3-91, la cantidad de 1.000.000 pts.

El 7-5-91, la cantidad de 2.068.495 pts.

De la cuenta de Catalina , el dia 1.3.91 retiró la cantidad de 2.002.904 pts.

El acusado firmó los recibos correspondientes con su firma aunque iban a nombre de Ángela .

Renta 4 ha devuelto a los inversores la cantidad invertida."

Siendo su fallo del tenor literal siguiente: " Que debo condenar y condeno a Luis Angel como autor responsable y directo de un delito continuado de estafa a la pena de 6 meses de arresto mayor, accesorias y costas, incluidas las de la acusación particular, y que indemnice a la entidad Renta 4, Sociedad de Valores de Bolsa en 9.154.903 pts. equivalente en euros a 55.022,08 euros."

SEGUNDO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de apelación por la Procuradora doña María Lourdes Cano Ochoa, en representación del acusado Luis Angel ; y admitido el recurso, se dio traslado del mismo a las demás partes personadas, siendo impugnado por el Ministerio Fiscal y por el Procurador don Carlos Mairata Laviña, en representación de Renta 4, Sociedad de Valores y Bolsa, S.A.; remitiéndose las actuaciones a esta Audiencia Provincial.

TERCERO

En fecha 15.1.2003 tuvo entrada en esta Sección Sexta el presente recurso, formándose el correspondiente rollo de apelación, y por providencia de fecha 17.1.2003 se señaló día para la deliberación y resolución del recurso, fijándose la audiencia del día 12.5.2003; dictándose sentencia de fecha 13 de mayo de 2003, que fue declarada nula por auto de este mismo Tribunal de fecha 31 de julio de 2003, señalándose por providencia de 15 de septiembre de 2003 para nueva deliberación el día 23 de septiembre de 2003.

CUARTO

Se aceptan los antecedentes de hecho de la sentencia recurrida, en cuanto no se opongan a los presentes.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El primer motivo del recurso de apelación consiste en error en la valoración de la prueba por la Juez de lo Penal, manteniéndose, en síntesis, por la parte recurrente que no se ha probado que el acusado fuera la persona que retirara el capital invertido por Mariano , Ángela y Catalina en Renta 4, Sociedad de Valores y Bolsa, S.A. (en lo sucesivo, Renta 4).

El motivo debe ser desestimado.

Este Tribunal de apelación ha revisado la actividad probatoria desarrollada en la primera instancia, y ha podido constatar lo siguiente:

  1. - Obra al folio 19 una carta dirigida por Renta 4 al abogado de los citados inversores, en la que se les informa de que las cantidades invertidas en dicha entidad fueron retiradas por el acusado, firmando éste las correspondientes órdenes de reintegro.

  2. - Obran a los folios 21, 23, 25, 27, 29 y 31 las fotocopias de los recibos de la retirada del capital invertido.

  3. - Obra al folio 507 la primera declaración del acusado en el Juzgado de Instrucción en la que no niega que las firmas de dichos recibos sean puestas por él.

  4. - Obra a los folios 541 y siguientes una segunda declaración del acusado en el Juzgado de Instrucción en la que reconoce como propia la firma del recibo del folio 21, admite la posibilidad de que sea su firma la de los recibos de los folios 23 y 25, y admite que parece que sí es su firma la que aparece en los recibos de los folios 27, 29 y 31; afirmando también que si ha firmado tales recibos, es que los ha cobrado; no dando razón de por qué cobró dichos recibos, pues alega evasivamente que no sabía a que obedecían dichas cantidades.

  5. - Obra a los folios 622 y siguientes un informe pericial de la Sección de Documentoscopia de la Comisaría General de Policía Científica en el que se concluye que la firma obrante al folio 31 es del acusado.

  6. - El acusado reconoció en el acto del juicio oral que acompañó a Mariano a la entidad Renta 4 para que invirtiera, y que dijo que era amigo de dicha persona; no negando haber reconocido las firmas en el Juzgado de Instrucción, sino que, con clara intención evasiva, dijo que no recordaba las firmas que había reconocido en el Juzgado de Instrucción y que tenía dudas acerca de que hubiera firmado tales recibos.

  7. - Constan los testimonios en juicio oral de los inversores antes expresados, que vienen a afirmar no haber retirado los fondos invertidos.

  8. - Consta el testimonio en juicio oral del representante de Renta 4, en la que afirma que fue el acusado quien retiró en talones la totalidad de lo invertido y que lo hizo supuestamente para dárselo a los inversores.

  9. - Consta el testimonio en juicio oral de Carlos Alberto , empleado de Renta 4, quien afirma que era el acusado quien daba las órdenes y hacía los reintegros.

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