SAP A Coruña 77/2003, 21 de Mayo de 2003

ECLIES:APC:2003:1180
Número de Recurso321/2002
Número de Resolución77/2003
Fecha de Resolución21 de Mayo de 2003
EmisorAudiencia Provincial - A Coruña, Sección 6ª

AUDIENCIA PROVINCIAL DE A CORUÑA

Sección 6

Rollo: 321 /2002

Órgano Procedencia: JDO. DE LO PENAL N. 1 de SANTIAGO DE COMPOSTELA

Proc. Origen: PROCEDIMIENTO ABREVIADO n° 180 /2002

SENTENCIA 77/03

Ilmos./as Magistrados/as

ANGEL PANTIN REIGADA

JOSÉ RAMÓN SANCHEZ HERRERO

MARIA DEL CARMEN VILARIÑO LOPEZ

En SANTIAGO A CORUÑA a veintiuno de Mayo de dos mil tres.

Visto por la Sección Sexta de la Ilma. Audiencia Provincial de A Coruña con sede en Santiago de Compostela, integrada por D. ANGEL PANTIN REIGADA, Presidente, y D. JOSÉ RAMÓN SANCHEZ HERRERO y DOÑA MARIA DEL CARMEN VILARIÑO LOPEZ, Magistrados, el procedimiento penal Rollo n° 321/02 de esta Sección, de apelación de sentencia de procedimiento penal abreviado, dictada por el Juzgado de lo Penal n° 1 de Santiago de Compostela, en el Procedimiento Abreviado n° 180/02 de este Juzgado, dimanante a su vez del procedimiento abreviado n° 17/02 instruido por el Juzgado de Instrucción n° 2 de Santiago de Compostela, que versa sobre Lesiones; y en el que son partes, además del ministerio Fiscal, como apelantes: D. Alvaro y como apelados: D. Carlos Francisco ; y siendo Ponente el Presidente D. ANGEL PANTIN REIGADA, quien expresa el parecer de la Sala y procede formular los siguientes Antecedentes de Hecho, Hechos Probados, Fundamentos Jurídicos y Fallo.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Juzgado de lo Penal n° 1 de Santiago de Compostela, dictó sentencia en fecha de 3 de octubre de 2002, cuyo Fallo es del tenor literal siguiente: " Que debo condenar y condeno a Alvaro como autor de un delito de lesiones a la pena de ARRESTO DE OCHO FINES DE SEMANA, y costas incluidas las de la acusación particular.

Asimismo, indemnizará a Carlos Francisco en 9.000 euros por lesiones y en los gastos médico - farmacéuticos que se acrediten en ejecución."

SEGUNDO

Notificada dicha sentencia a las partes, por la representación de D. Alvaro , se interpuso recurso de apelación, que se formalizó en legal forma, con fundamento en las consideraciones legales que dejó consignadas, interesando la revocación de la sentencia, verificándose los correspondientes traslados, y siendo impugnada por la representación de D. Carlos Francisco .

TERCERO

Elevadas las actuaciones a esta Sala, se señaló el día 6 de Mayo del 2003, para la deliberación, votación y fallo.

Se admiten los de la sentencia recurrida que son del tenor literal siguiente:

UNICO.- " Entre las 00,10 horas y las 00,30 horas del día 6 de octubre del 2001 el acusado Alvaro , mayor de edad y cuyos antecedentes penales no constan, en la vía pública, lugar de Figueiras de Santiago de Compostela, agredió a Carlos Francisco agarrándole por la espalda, tirándole al suelo y golpeándolo con las manos y dándole patadas resultando policontusionado y con rotura del tendón extensor largo del 1° dedo de la mano izquierda precisando tratamiento médico y tardando en curar 152 días durante los cuales estuvo incapacitado para sus ocupaciones habituales quedándole como secuelas una cicatriz en el dorso del primer dedo de la mano izquierda que mide 6 cm y origina un perjuicio estético muy ligero."

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Se ACEPTAN los de la sentencia apelada.

PRIMERO

El recurso invoca la existencia de predeterminación del fallo, pero debe en primer término repararse en que tal supuesto vicio no determinaría - necesariamente la anulación de la sentencia, ya que el recurso...

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