SAP Madrid 225/2006, 6 de Junio de 2006
Ponente | ADORACION MARIA RIERA OCARIZ |
ECLI | ES:APM:2006:8273 |
Número de Recurso | 88/2006 |
Número de Resolución | 225/2006 |
Fecha de Resolución | 6 de Junio de 2006 |
Emisor | Audiencia Provincial - Madrid, Sección 2ª |
MARIA CARMEN COMPAIRED PLO ADORACION MARIA RIERA OCARIZ JOSE LUIS SANCHEZ TRUJILLANO
cel
AUDIENCIA PROVINCIAL
SECCIÓN SEGUNDA
MADRID
Rollo: APELACION PROCTO. ABREVIADO 88 /2006
Proc. Origen: PROCEDIMIENTO ABREVIADO nº 223 /2004
Órgano Procedencia: JDO. DE LO PENAL N. 2 de GETAFE
S E N T E N C I A Nº 225/06
ILMAS/OS. SRAS/ES.
PRESIDENTA DÑA. Mª DEL CARMEN COMPAIRED PLO
MAGISTRADA DÑA. A. MARIA RIERA OCARIZ
MAGISTRADO D. JOSE LUIS SANCHEZ TRUJILLANO
En MADRID, a seis de Junio de dos mil seis.
VISTO, por esta Sección Segunda de esta Audiencia Provincial de Madrid, el recurso de apelación interpuesto por la Procuradora Dª.MARIA DEL CARMEN AGUADO ORTEGA, en representación de Jose Ramón, contra Sentencia dictada por el Juzgado de lo Penal nº 2 de Getafe; habiendo sido parte en él el mencionado recurrente y el Ministerio Fiscal, en la representación que le es propia, actuando como ponente la Magistrada Ilma. Sra. Dª A. MARIA RIERA OCARIZ.
En el Juicio Oral de referencia se dictó Sentencia con fecha 30/12/05, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: ›FALLO: Que debo condenar y condeno a Jose Ramón como autor reponsable de un delito de resistencia del artículo 556 del Código Penal a la pena de seis meses de prisión, con accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sugragio pasivo durante el tiempo de la condena y de una falta de lesiones del artículo 617.1 del Código Penal a la pena de un mes de multa con una cuota diaria de dos euros, con responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago y al pago de las costas
Por vía de responsabilidad civil Jose Ramón indemnizará al agente con carnè profesional nº NUM000 en la cantidad de doscientos noventa y ocho euros con veinticuatro céntimos de euro (298,24)‹
Y como Hechos Probados expresamente se recogen los de la sentencia apelada: ›Resulta probado y así se declara que el acusado Jose Ramón, mayor de edad y sin antecedentes penales, sobre las 22,30 horas del día 28 de agosto de 2003, se encontraba en la Avenida Juan de la Cierva de Getafe dedicándose a la venta ambulante no autorizada de discos musicales, cuando se le acercó una pareja de Policía Local en funciones de vigilancia de paisano y tras identificarse como tales exhibiendo sus placas oficiales, el acusado se tiró al suelo, agarrándose a una farola de la que no se soltaba, gritando y lanzando patadas y puñetazos a los agentes, incluso continuó agarrado a la farola sin soltarse cuando llegaron dos Policías Locales de apoyo vestidos de uniforme y necesitándose sujetar al acusado con fuerza para finalmente redicirle. En el forcejeo resultó lesionado en la mano...
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