AAP Madrid 28/2004, 21 de Enero de 2004

ECLIES:APM:2004:643
ProcedimientoPENAL
Número de Resolución28/2004
Fecha de Resolución21 de Enero de 2004
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 6ª

ROLLO DE APELACION Nº 349/2003

PROC. ORAL Nº 368/2003

JUZGADO DE LO PENAL Nº 25 DE MADRID

S E N T E N C I A

Nº 28/2.004

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

SECCION SEXTA

ILMOS. SRES.

PRESIDENTE

D. PEDRO JAVIER RODRIGUEZ GONZALEZ PALACIOS

MAGISTRADOS

D. FRANCISCO JESUS SERRANO GASSENT

D. JOSE MANUEL FERNANDEZ PRIETO GONZALEZ

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En Madrid, a 21 de Enero de 2003.

VISTAS, en segunda instancia, ante la Sección Sexta de esta Audiencia Provincial de Madrid, las presentes Diligencias seguidas por el trámite de procedimiento abreviado, en virtud del recurso de apelación interpuesto por Germán contra la sentencia dictada por la Ilma. Sra. Magis-trado-Juez del Juzgado de lo Penal nº 25 de Madrid, de fecha 19 de Septiembre de 2003, en la causa citada al margen.

VISTO, siendo Ponente el Presidente de la Sección, Ilmo. Sr. D. PEDRO JAVIER RODRIGUEZ GONZALEZ PALACIOS, quién expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La Ilma. Sra. Magistrado-Juez del Juzgado de lo Penal nº 25 de Madrid dictó sentencia, de fecha 19 de Septiembre de 2003, cuyo relato fáctico es el siguiente: " Que el dia 6 de Septiembre del 2.003 Germán de 39 años de edad condenado ejecutoriamente el 6 de septiembre del 93 por delito de robo, el 22-4-91 por delito de robo, el 9-9-91 por delito de robo, el 10-12-91 por robo, el 13-12-91 por robo, el 26-1-92 por robo, el 17-9-92 por robo, el 15-2-91 por robo, el 8-7-94 por robo, el 15-7-91 por robo, tras fracturar el cristal de la perfumeria Ysusi sita en la C/ Gran Vía 37 bajo de Madrid se apoderó con ánimo de lucro de múltiples objetos y joyas, que fueron posteriormente recuperados, siendo tasados en 1.843 euros."

Y cuyo fallo es del tenor literal siguiente: " Que debo condenar y condeno a Germán, como responsable en concepto de autor de un delito intentado de robo con fuerza, con la concurrencia de la agravante de reincidencia, a la pena de 10 meses de prisión e inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo que dure la condena y al pago de las costas procesales. En cuanto a la responsabilidad civil deberá indemnizar a la perfumería Isusi en la cantidad que en ejecución de sentencia se tase como valor de los daños causados."

SEGUNDO

Contra dicha sentencia se interpuso, en tiempo y forma, por el Procurador D. Emilio Martinez Benitez, en representación del condenado en la instancia Germán, recurso de apelación, que basó en los motivos que se recogen en esta resolu-ción. Admitido dicho recurso, se dio traslado del mismo a las demás partes perso-na-das, siendo impugnado por el Ministerio Fiscal, remi-tiéndose las actuaciones a esta Au-diencia Provin-cial.

TERCERO

En fecha 13 de Noviembre de 2003 tuvo entrada en esta Sección Sexta el precedente recurso, formándose el co-rres-pon-diente rollo de apelación y por providencia de fecha 26 de Noviembre se señaló día para la deliberación y resolu-ción del recur-so, fijándose la audiencia del día 20 de Enero de 2004.

CUARTO

SE ACEPTAN los antecedentes de hecho de la senten-cia recu-rrida, en cuanto no se opongan a los presentes.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Son dos los motivos por los que la parte recurrente impugna la sentencia dictada por el Juzgado de Lo Penal nº 25 de esta capital. En el...

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