SAP Madrid 191/2003, 28 de Abril de 2003
ECLI | ES:APM:2003:5103 |
Número de Recurso | 129/2003 |
Número de Resolución | 191/2003 |
Fecha de Resolución | 28 de Abril de 2003 |
Emisor | Audiencia Provincial - Madrid, Sección 15ª |
AUDIENCIA PROVINCIAL
SECCIÓN DECIMOQUINTA
SENTENCIA N° 191
Magistrados:
Alberto JORGE BARREIRO (ponente)
Inmaculada MELERO CLAUDIO
Carlos MARTIN MEIZOSO
Rollo P-129/2003
J. Oral 414/2002
Jzgdo. Penal n° 5
En Madrid, a 28 de abril de 2003.
Este Tribunal ha deliberado sobre el recurso de apelación interpuesto por Bruno contra la sentencia dictada por el Magistrado-Juez del Juzgado de lo Penal n° 5 de Madrid, el 20 de febrero de 2.002, en la causa arriba referenciada.
El apelante estuvo asistido del Letrado Antonio Abellán Albertos.
ANTECEDENTES PROCESALES
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El relato de hechos probados de la sentencia apelada dice así: "Apreciando en conciencia la prueba practicada en el acto del juicio oral, expresa y terminantemente se declara probado que sobre las 11,45 horas del día 7 de marzo de 2.002, Bruno fue sorprendido por la policía en la calle Amposta de esta capital, cuando entregaba a quien luego resultó identificado como Antonio , dos comprimidos de tranquimazín, a cambio de dos euros. Bruno tenía en su poder otros 35 comprimidos iguales, destinados a la venta. La sustancia hubiera alcanzado en el mercado ilícito un valor aproximado de 35 euros. Al ser detenido le fueron ocupados asimismo 3,50 euros."
La resolución impugnada contiene el siguiente fallo: "Que debo condenar y condeno a Bruno como autor responsable de un delito contra la salud pública, ya definido, sin que concurran circunstancias que modifiquen su responsabilidad criminal, a las penas de un año de prisión, con la accesoria de inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo por el tiempo de la condena, y 37 euros de multa con cuatro días de responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago, y a que abone las costas causadas si las hubiere. Se decreta el comiso de los fármacos y dinero intervenidos a los que se dará el destino legal."
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La parte apelante interesó que se revocara la sentencia apelada y se dictará otra absolutoria.
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El Ministerio Fiscal instó la confirmación de la resolución recurrida.
Se aceptan los que constan relatados en la sentencia apelada, excepto en lo atinente al inciso " Bruno tenía en su poder otros 35 comprimidos iguales, destinados a la venta". Este inciso queda sustituido por el siguiente: " Bruno tenía en su poder otros 35 comprimidos iguales, cuyo destino a la venta no consta acreditado".
MOTIVACIÓN
El apelante cuestiona, en primer lugar, el relato fáctico de la sentencia de instancia en lo que respecta a la afirmación de que los 35 comprimidos que se le intervinieron estuvieran destinados a la venta, y arguye que la prueba practicada en la vista oral del juicio ha resultado contraria a tal afirmación.
El motivo debe acogerse, según se desprende del análisis de la resolución recurrida. En efecto, el juez de instancia da por hecho que el destino de los 35 comprimidos de trankimazín era la...
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