AAP Madrid 18/2004, 16 de Enero de 2004

ECLIES:APM:2004:459
ProcedimientoPENAL
Número de Resolución18/2004
Fecha de Resolución16 de Enero de 2004
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 17ª

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

SECCION 17ª

ROLLO DE APELACION Nº : 352/03

PROCEDIMIENTO

: Juicio Oral 102/03

Juzgado de lo Penal nº 1 de Madrid

MAGISTRADOS Ilustrísimos Señores:

D. JESUS FERNANDEZ ENTRALGO

(Presidente)

Dª MANUELA CARMENA CASTRILLO

Dª CARMEN ORLAND ESCAMEZ

La Sección Decimoséptima de la Ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid, en la causa al

margen de referencia, ha dictado,

EN NOMBRE DE SU MAJESTAD, EL REY

la siguiente

S E N T E N C I A 18/04

En la Villa de Madrid, a dieciséis de enero del año dos mil cuatro.

La Sección Decimoséptima de la Ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid, formada por los Ilustrísimos Señores Magistrados D. JESUS FERNANDEZ ENTRALGO (quien la preside), Dª MANUELA CARMENA CASTRILLO y Dª CARMEN ORLAND ESCAMEZ, ha visto el recurso de apelación interpuesto por el Procurador de los Tribunales D. Pablo José Trujillo Castellano en nombre y representación procesal de Iván contra la sentencia dictada con fecha 19 de junio del 2033, en procedimiento Juicio Oral 102/03 por el Juzgado de lo Penal nº 1 de Madrid; intervino como parte apelada el Ministerio Fiscal. La Ilustrísima Señora Magistrada Doña CARMEN ORLAND ESCAMEZ actuó como Ponente y expresa el parecer del Tribunal.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 19 de junio del 2003, se dictó sentencia en Juicio Oral 102/03, del Juzgado de lo Penal nº 1 de Madrid.

En dicha resolución se fijaron los siguientes hechos, como probados:

Probado y así se declara expresamente, que el día 16 de octubre de 1999, el acusado Iván, mayor de edad, sin antecedentes penales, conducía el turismo matrícula BX-....-H, propiedad de Domingo y asegurado en la Cía. de Seguros Allianz, por la calle Obrerón, de esta ciudad, habiendo consumido en las precedentes horas bebidas alcohólicas que disminuyeron seriamente su capacidad de control sobre el turismo, por lo que realizó una peligrosa maniobra de marcha atrás a velocidad excesiva y en curva, colisionando con el vehículo F-....-FY, propiedad de Juan Pedro, que se encontraba correctamente estacionado, al que causó daños tasados en 658,10 euros.

Realizada por el acusado la prueba de detección de alcohol al acusado arrojó sendos resultados positivos de 0,78 y 0,77 mg. de alcohol por litro de aire espirado.

Su parte dispositiva contenía el siguiente fallo:

Que debo condenar y condeno a Iván, en quien no concurren circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, como autor de un delito contra la seguridad del tráfico, a la pena de multa de tres meses, a razón de una cuota diaria de 2 euros, quedando sujeto a una responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas, privación del derecho a conducir vehículos a motor por tiempo de un año y un día, así como al pago de las costas del proceso si las hubiere.

SEGUNDO

Contra dicha sentencia, se interpuso, en tiempo y forma, recurso de apelación por el Procurador de los Tribunales D. Pablo José Trujillo Castellano en nombre y representación procesal de Iván.

TERCERO

Se dio traslado a las demás partes personadas, a fin de que pudieran formular sus alegaciones. Remitidas las actuaciones a este Tribunal, no se estimó precisa la celebración de vista, quedando pendiente el procedimiento de resolución en esta segunda instancia.

HECHOS PROBADOS

No se mantienen los fijados, como tales, en la sentencia recurrida, que se sustituyen por los siguientes:

Expresamente se declara probado que el día 16 de octubre de 1.999 Iván conducía el vehículo con matrícula BX-....-H, propiedad de Domingo y asegurado en la Cía. De seguros Allianz, circulando por la calle Obrerón de esta ciudad cuando realizó una maniobra de marcha atrás a excesiva velocidad en un tramo curvo, colisionando con el vehículo matrícula F-....-FY propiedad de Juan Pedro que se encontraba estacionado causándole daños tasados en 658,10 euros.

A continuación Iván aparcó su automóvil y se dirigió a un bar en donde fue localizado por agentes de la policía municipal que le practicaron...

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