SAP Cantabria 36/2007, 30 de Enero de 2007

PonenteMARIA RIVAS DIAZ DE ANTOÑANA
ECLIES:APS:2007:217
Número de Recurso12/2007
ProcedimientoPENAL - APELACION PROCEDIMIENTO ABREVIADO
Número de Resolución36/2007
Fecha de Resolución30 de Enero de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Cantabria, Sección 1ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1

SANTANDER

SENTENCIA: 02036/2007

AUDIENCIA PROVINCIAL DE CANTABRIA rollo RP 12/07

Sección Primera

S E N T E N C I A 36/07

Ilmo. Sr. Presidente

Don Javier de la Hoz de la Escalera.

Ilmos. Srs. Magistrados

Doña Maria Rivas Díaz de Antoñana.

Don Ernesto Sagüillo Tejerina.

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En la Ciudad de Santander, a treinta de Enero de dos mil siete.

Este Tribunal de la Sección Primera de la Ilma. Audiencia Provincial de Cantabria, ha visto en grado de apelación la causa 389/06 del Juzgado de lo Penal núm. Cuatro de Santander, Rollo de Sala 12/07, seguida por delito contra la seguridad del tráfico y quebrantamiento de condena contra Abelardo, representado por la procuradora Sra. Saiz Quevedo y defendido por la letrada Sra. Sarmiento Saiz.

Ha sido parte apelante en este recurso el acusado.

Es ponente de esta resolución la Ilma. Sra. Magistrado doña Maria Rivas Díaz de Antoñana.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En la causa de que este Rollo dimana, por el Juzgado de lo Penal indicado se dictó con fecha treinta de octubre de dos mil seis Sentencia cuyo relato de Hechos Probados y Fallo son del tenor literal siguiente:

"Hechos Probados: Probado y así se declara que el día 7 de octubre de 2006, el acusado Abelardo, mayor de edad, sin antecedentes penales, tras haber ingerido abundantes bebidas alcohólicas, conducía el vehículo Renault Scenic con matrícula WWW, cuando al llegar a la altura del Km 183,200 de la autovía A-67, sentido Palencia, chocó con la valla de protección sita al lago derecho de la calzada, sin causar daños. Agentes de la guardia civil de tráfico encontraron el vehículo en el lugar, con el acusado al volante, con el cinturón puesto y dormido. El acusado, previo requerimiento de los agentes, se sometió a la prueba alcoholimétrica dando en las dos lecturas realizadas un resultado positivo de 1.08 y 1.06 miligramos de alcohol por litro de aire espirado. La sintomatología que presentaba el acusado era la siguiente: ojos brillantes y enrojecidos, olor a alcohol notorio a distancia, respuestas incoherentes y deambulación vacilante con oscilaciones a la verticalidad del cuerpo.

Fallo: Que debo condenar y condeno a Abelardo como autor de un delito contra la seguridad del tráfico, ya definido, sin que concurran circusntancias modificativas de la responsabilidad penal, a la pena de 9 meses de multa, a razón de una cuota diaria de siete euros y privación del derecho a conducir vehículos de motor y ciclomotores por tiempo de veinte meses. Con expresa condena en costas."

SEGUNDO

Por el acusado, con la representación y defensa aludidas, se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación, admitido a trámite por providencia del Juzgado de veintidós de noviembre de dos mil seis ; una vez dado traslado del recurso a las demás partes conforme ordena la Ley se elevó la causa a esta Ilma. Audiencia Provincial de Cantabria, y tras su examen se ha deliberado y Fallado el recurso en el día de la fecha.

Se aceptan los de la...

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