SAP Cádiz 101/2004, 18 de Junio de 2004

PonenteANTONIO MARIN FERNANDEZ
ECLIES:APCA:2004:1040
Número de Recurso29/2004
Número de Resolución101/2004
Fecha de Resolución18 de Junio de 2004
EmisorAudiencia Provincial - Cádiz, Sección 4ª

D. Rafael del Río DelgadoD. MANUEL ESTRELLA RUIZD. ANTONIO MARIN FERNANDEZ

AUDIENCIA PROVINCIAL DE CÁDIZ

SECCIÓN CUARTA

SENTENCIA. NUM. 101/04

ILTMOS. SRES.

PRESIDENTE

D. RAFAEL DEL RIO DELGADO

MAGISTRADOS:

D. MANUEL ESTRELLA RUIZ.

D. ANTONIO MARIN FERNANDEZ

JUZGADO DE LO PENAL Nº 3 DE CADIZ

ROLLO Nº 29/04

En la Ciudad de Cádiz, a 18 de Junio de 2004.

Vista por la Sección Cuarta de esta Audiencia Provincial en grado de apelación, la causa referenciada al margen, siendo parte apelante Ignacio , parte apelada el Ministerio Fiscal y ponente el Magistrado Iltmo. Sr. D. ANTONIO MARIN FERNANDEZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
  1. - Por el Iltmo. Sr. Magistrado-Juez titular del Juzgado de lo Penal nº 3 de Cádiz con fecha 06-10-03, se dictó sentencia en la causa de referencia, cuyo Fallo literalmente dice:

    Que debo condenar y condeno a Ignacio , como autor de un delito de atentado y otro delito de amenazas no condicionales y una falta de lesiones, a las penas de: un año y un mes de prisión, siete meses de prisión, en ambos casos con inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, por los delitos, y cuatro arrestos de fin de semana, por la falta.

    Que debo condenar y condeno a Jose Ignacio , como autor de una falta de amenazas a la pena de quince días multa a razón de una cuota día de tres euros, con la responsabilidad personal sustitutoria de un día de prisión por cada dos cuotas no abonadas. Absolviéndole de los delitos de atentado y de amenazas que se le imputaban.

    Que debo condenar y condeno a Luis Pablo , como autor de un delito de atentado y una falta de amenazas a las penas de: un año de prisión con inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante eltiempo de la condena y diez días multa con una cuota día de tres euros, respectivamente. Se le absuelve del delito de amenazas que se le imputaba por el fiscal.

    Que debo condenar y condeno a Alexander como autor de delito de resistencia a agentes de la autoridad y una falta de amenazas, a las penas de: seis meses de prisión con inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y diez días multa con una cuota día de tres euros, respectivamente. Sele absuelve del delito de amenazas que también se le imputaba.

    Que debo absolver y absuelvo la Donato del delito de atentado a agentes de la autoridad que se le imputa por el Ministerio Fiscal.

    Para el cumplimiento de las penas impuestas será deabono el tiempo sufrido de prisión preventiva.

    Igualmente se les condena al pago de las costas procesales por partes iguales.

  2. - Contra dicha Sentencia se interpuso, en tiempo y forma, recurso de apelación por la representación del acusado, y admitido el recurso en ambos efectos, conferidos los preceptivos traslados, elevados los autos a esta Audiencia, formado el correspondiente rollo, fue designado Magistrado Ponente, quedando el recurso visto para sentencia.

  3. - En la tramitación de este recurso, se han observado todas las formalidades legales.

    Se acepta la declaración de hechos probados que la Sentencia apelada incluye, y en la que literalmente se declaran como tales:

    "Probado y así se declara que el pasado día 10-05-02, sobre las 23 h. aproximadamente, Ignacio , mayor de edad con antecedentes penales no computables en la presente causa, se acercó a los agentes de la Policía Local que debidamente uniformados y de servicio se encontraban sancionando el vehículo que había estacionado en doble fila en la C/ Calvario a la altura de la Plaza del Triunfo, concretamente con el nº NUM000 inició una discusión pues pretendía que le quitara la multa, anunciándole que si no lo hacia no retiraría el vehículo. El agente le indicó que entonces sería retirado por la grúa, inquiriéndole para que reclamara la presencia de alguna persona con permiso de conducir que lo retirara pues le constaba que el acusado carecía de dicho permiso. Ignacio entonces dirigiéndose con talante agresivo a su interlocutor le dijo 'te voy a matar y rajar de arriba abajo; voy a buscarte y matarte; si tienes cojones me denuncias, que me da igual porque te tengo que matar'. Ante el cariz que estaban tomando los acontecimientos los agentes solicitaron refuerzos que llegaron al lugar en pocos minutos, cuando ya se habían sumado al grupo Jose Ignacio y Jose Pablo , hermano y sobrino de Ignacio , ambos mayores de edad y sin antecedentes penales. Jose Ignacio igualmente manifestó, dirigiéndose al agente nº NUM000 , 'a ti te mato yo; eres un colaborador de los socialistas de mierda y de la Justicia y por eso tengo que matarte'; mientras Luis Pablo igualmente afirmó que 'voy a darte diez puñaladas, sé que tienes familia y la voy a matar junto a ti; ahora voy al bloque por un cuchillo y te voy a rajar'. Llegando al lugar otros dos agentes, nº NUM001 y NUM002...

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