SAP Madrid 281/2008, 9 de Abril de 2008

PonenteMARIA LUISA APARICIO CARRIL
ECLIES:APM:2008:5485
Número de Recurso377/2007
ProcedimientoPENAL
Número de Resolución281/2008
Fecha de Resolución 9 de Abril de 2008
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 7ª

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

SECCION SEPTIMA

ROLLO Nº 377/2007

JUICIO ORAL Nº 177/2007

JUZGADO DE LO PENAL Nº 4 DE MOSTOLES

SENTENCIA Nº 281/08

AUDIENCIA PROVINCIAL

Ilmas. Sras. Magistradas de la Sección 7ª

Dª. Mª Luisa Aparicio Carril

Dª. Ana Mª Ferrer García

Dª Ana Mercedes del Molino Romera.

En Madrid a, nueve de abril de dos mil ocho

VISTO en segunda instancia, ante la Sección Séptima de ésta Audiencia Provincial, el Juicio Oral nº 177/2007

procedente del Juzgado nº 4 de lo Penal de Móstoles seguido por un delito CONTRA LA PROPIEDAD INTELECTUAL contra el

acusado Lucio, venido a conocimiento de esta Sección a virtud de recurso de apelación que autoriza el artículo 790 de la ley de Enjuiciamiento Criminal, interpuesto en tiempo y forma por dicho acusado contra la sentencia dictada por el

Ilmo. Sr. Magistrado-Juez del expresado Juzgado con fecha 4 de septiembre de 2007.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En la sentencia apelada se establecen como hechos probados que: "El día 19 de abril de 2006, sobre las 11,00 horas, el acusado, mayor de edad y sin antecedentes penales se encontraba en la calle Extremadura de Fuenlabrada, siendo sorprendido cuando se dedicaba a la venta de 80 CDS que eran reproducciones efectuadas desde el original, con conocimiento de que las citadas copias no habían sido autorizadas por los titulares de los derechos de propiedad intelectual. Los perjuicios causados a los productores asociados en AGEDI ascienden a 205,6 euros y a los autores asociados en SGAE a 76,8 euros."; su fallo o parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "Que debo condenar y condeno a Lucio como autor de un delito contra la propiedad intelectual, ya definido, sin concurrir circunstancias modificativas de la responsabilidad penal, a la pena de seis meses de prisión, inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, multa de doce meses a razón de 6 euros día y costas. Asimismo indemnizará al SGAE en la cantidad de 76,8 euros y a AGEDI en la cantidad de 205,6 euros. Se acuerda igualmente el comiso de los efectos intervenidos". Han sido parte en la sustanciación del presente recurso el Ministerio Fiscal, dicho apelante representado por la Procuradora Dª Ana Maria Galey Zapora y Ponente la Magistrada Dª. Mª Luisa Aparicio Carril.

SEGUNDO

El apelante establece como fundamentos del recurso las siguientes alegaciones: infracción del art. 270 del C. Penal y vulneración del principio de presunción de inocencia.

Al dar traslado del recurso al Ministerio Fiscal por el mismo se interesó la confirmación de la sentencia.

TERCERO

Recibidas las actuaciones en esta Sección de la Audiencia Provincial, se señaló día para la deliberación.

NO SE ACEPTAN los hechos probados de la sentencia recurrida y se declaran expresamente probados los siguientes:

El día 19 de abril de 2006, sobre las 11,00 horas, Lucio, mayor de edad y sin antecedentes penales, se encontraba en la calle Extremadura de Fuenlabrada, siendo sorprendido cuando se dedicaba a la venta de 80 CDs copias de otros y para cuya grabación y reproducción se habían utilizado sistemas ajenos...

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