SAP Alicante 466/2000, 7 de Julio de 2000

PonenteMANUEL BENIGNO FLOREZ MENENDEZ
ECLIES:APA:2000:3437
Número de Recurso937/1999
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución466/2000
Fecha de Resolución 7 de Julio de 2000
EmisorAudiencia Provincial - Alicante, Sección 4ª

SENTENCIA N°. 466/00

En el recurso de apelación interpuesto por Dª. Cristina , representada por el Procurador Sr. Palacios Cerdán, contra sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia número uno de Orihuela, habiendo sido ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. Manuel B. Flórez Menéndez.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de Primera Instancia número uno de Orihuela, en los autos de incidente de oposición a medidas provisionales número 477/96, se dictó en fecha 29 de julio de 1999 sentencia cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal:

Estimando parcialmente la oposición al auto de medidas provisionales de 6 de noviembre de 1996 formulada por el Procurador D. Enrique Lucas Tomás, en representación de D. Adolfo , contra Dª. Cristina , representada por el Procurador D. Bernardo Penalva Riquelme, debo dejar y dejo sin efecto la medida consistente en el pago de pensión que se expresa en el punto tercero de la parte dispositiva del mencionado auto, sin condena en las costas de este incidente.

SEGUNDO

Contra dicha sentencia interpuso recurso de apelación la parte demandada, que fue admitido en ambos efectos y, previo emplazamiento de las partes, se elevaron los autos a este Tribunal, donde quedó formado el correspondiente rollo de apelación número 937/99, en el cual se personaron ambas partes litigantes. Tramitado el recurso en legal forma y conferidos los oportunos traslados, se propuso a las partes la posibilidad de sustituir el trámite de vista oral por el de informes escritos, a lo que mostraron su conformidad, presentando los correspondientes informes y señalándose para votación y Fallo el día 6.7.2000.

TERCERO

En la tramitación de esta instancia se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

El auto de medidas provisionales fue impugnado por la representación del esposo mediante la oportuna demanda incidental, en la que se oponía a la atribución del uso de la vivienda familiar a la esposa y a la fijación en su favor de una pensión para el levantamiento de las cargas del matrimonio. La primera de estas pretensiones fue desestimada, en pronunciamiento que ha devenido firme, siendo objeto del recurso que interpone la esposa la estimación que hace la sentencia de la segunda pretensión, pues el Juzgado en la sentencia recurrida acogió en este...

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