SAP Zaragoza 32/2004, 20 de Enero de 2004
Ponente | EDUARDO NAVARRO PEÑA |
ECLI | ES:APZ:2004:126 |
Número de Recurso | 227/2003 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 32/2004 |
Fecha de Resolución | 20 de Enero de 2004 |
Emisor | Audiencia Provincial - Zaragoza, Sección 4ª |
D. José J. Solchaga LoiteguiD. Javier Seoane PradoD. Eduardo Navarro Peña
SENTENCIA NUMERO TREINTA Y DOS
Ilmos. Señores:
Presidente:
D. José J. Solchaga Loitegui
Magistrados:
D. Javier Seoane Prado
D. Eduardo Navarro Peña
En la Ciudad de Zaragoza a veinte de Enero de dos mil cuatro.
En nombre de S.M. el Rey.
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VISTOS por la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Zaragoza, integrada por los Magistrados del margen, los recursos de apelación interpuestos contra la Sentencia dictada en fecha 14 de Enero de 2.003 por el Juzgado de Primera Instancia número Dos de los de Zaragoza , en autos de Juicio Ordinario seguidos con el número 771/02, sobre declaración de existencia de intromisión ilégitima en el derecho a la propia imagen y condena a indemnizar, de que dimana el presente rollo de apelación numero 227/03 en el que han sido partes, apelantes y al propio tiempo apeladas, el demandante D. Adolfo , representado por el Procurador D. Carlos Ruiz Ramírez y asistido del Letrado D. Rafael Guerras Gutiérrez, y la demandada , entidad mercantil "EDITORIAL LIBSA, S.A.", representada por el Procurador D. Fernando Gutiérrez Andreu y asistida del Letrado D. Pedro Castellanos Alonso, siendo Ponente el Magistrado D. Eduardo Navarro Peña , que expresa el parecer de la Sala.
Se aceptan los correlativos de la sentencia recurrida; y
La anterior sentencia contiene la parte dispositiva siguiente: "FALLO: Que debo estimar y estimo sustancialmente la demanda interpuesta por la representación procesal de Adolfo , contra Editorial Libsa, S.A., por todo lo cual:
- Se declara la existencia (de) una intromisión ilegítima en el derecho a la propia imagen del actor Don Adolfo , por la utilización de su imagen, así como la comercialización lucrativa de la misma, sin su consentimiento.
- Se previene a Editorial Libsa S.A. para que en lo sucesivo se abstenga de utilizar la imagen del actor en cualquiera de sus productos comercializados, así como de vincular dicha imagen a la citada demandada.
- Se condena a Editorial Libsa S.A. a que abone a Don Adolfo la cantidad de 3.000 euros, más los intereses legales desde la fecha de esta sentencia.
- Se declara la obligación de la demandada Editorial Libsa S.A. de retirar del mercado todos los ejemplares que existen de la obra El Libro de la Ciencia, en los que conste la imagen del actor. Ya sea en la portada como en cualquiera otra parte de la obra.
- Se conde a al parte demandada Editorial Libsa S.A. a pagar las costas del presente procedimiento."
Notificada dicha sentencia a las partes, las representaciones procesales de ambas prepararon contra la misma sendos recursos de apelación en tiempo y forma hábiles, y emplazadas que fueron para que los interpusieran en legal forma dentro del lapso temporal señalado al efecto, así lo efectuaron mediante la formulación de los correspondientes escritos, en los que expusieron las alegaciones que tuvieron por conveniente para fundamentarlos, solicitando la del actor se dictara sentencia que revocando parcialmente la recurrida en el sentido de incrementar la cuantía indemnizatoria hasta fijarla en la solicitada por dicha parte en su demanda, esto es, 60.101,21 euros, con condena de las costas de esta alzada a la demandada si se opusiese al recurso, mientras que la demandada interesó la revocación de dicha sentencia de primera instancia y que en su lugar se dictara otra de conformidad con el suplico de su escrito de contestación a la demanda, imponiendo las costas de ambas instancias a la parte actora.
Dado traslado de cada uno de dichos recursos a la parte contraria, para que pudiera alegar lo que a su derecho conviniere dentro del plazo fijado a tal fin, tanto la actora como la apelada dedujeron sus respectivos escritos de oposición al recurso interpuesto de contrario, solicitando su desestimación con imposición de las costas de la alzada derivadas del mismo a la parte recurrente, tras de lo cual se remitieron los autos originales del juicio a esta Audiencia Provincial, Sección Cuarta.
Recibidos los autos y formado el correspondiente rollo, se siguió el trámite legal, señalándose, finalmente, para la discusión y votación de los referidos recursos de apelación el día 13 del corriente mes de Enero, en que tuvo lugar dicho acto.
En la sustanciación de ambas instancias se han observado las prescripciones legales.
No se aceptan los correlativos de la sentencia apelada, en cuanto se opongan o contradigan a los de la presente; y
Ambas partes...
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ATS, 25 de Septiembre de 2007
...la Sentencia dictada, con fecha 20 de enero de 2004, por la Audiencia Provincial de Zaragoza (Sección Cuarta), en el rollo de apelación n.º 227/2003, dimanante de los autos n.º 771/2002 del Juzgado de Primera n.º 2 de Zaragoza. - Mediante Providencia de fecha 11 de marzo de 2004 la referida......