SAP A Coruña, 9 de Febrero de 2000

PonenteJULIO CESAR CIBEIRA YEBRA-PIMENTEL
ECLIES:APC:2000:405
Número de Recurso276/1998
ProcedimientoCIVIL
Fecha de Resolución 9 de Febrero de 2000
EmisorAudiencia Provincial - A Coruña, Sección 5ª

SENTENCIA

En A Coruña a nueve de febrero de dos mil.

En el recurso de apelación civil número 0276/98, interpuesto contra la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia N° 2 de Ribeira, en Juicio Menor Cuantía n° 0167/97 , seguido entre partes: Como Apelantes- Demandados Dª. Inmaculada , D. Jose Enrique y Dª. Carla , representados por el Procurador Sra. Meilán Ramos, como Apelado-Demandado D. Claudio , representado por la Procuradora Sra. Rodríguez Puente y defendido por el letrado Sr. Sieira Santos, y EL MINISTERIO FISCAL. Siendo Ponente el Iltmo. Sr. DON JULIO CÉSAR CIBEIRA YEBRA PIMENTEL.

ANTECEDENTES
PRIMERO

Que por el Iltmo. Sr. Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia N° 2 de Ribeira, con fecha 16 de marzo de 1998, se dictó sentencia cuya parte dispositiva dice como sigue: "FALLO: Que estimando parcialmente la demanda presentada por el Procurador Sr. Arca Soler a nombre y representación de D. Claudio , debo declarar y declaro el derecho del actor a relacionarse con su hijo Simón , en la forma establecida en el fundamento jurídico 1ª de la presente resolución. Todo ello sin especial pronunciamiento en cuanto a las costas de este procedimiento".

SEGUNDO

Notificada dicha sentencia a las partes, se interpuso contra la misma en tiempo y forma, recurso de apelación por los demandados que le fue admitido en ambos efectos, y remitidas las actuaciones a este Tribunal, previo emplazamiento de las partes, y evacuados los traslados conferidos para instrucción,se señaló para la celebración de la vista el día 8 de febrero de 2000, fecha en la que tuvo lugar con la asistencia de las partes, que solicitaron se dictara sentencia de acuerdo con sus respectivas pretensiones.

TERCERO

En la sustanciación del presente recurso se han observado las prescripciones y formalidades legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La solución que ofrece la sentencia de instancia al conflicto entre padre y madre respecto al derecho de comunicación y visita del primero con el hijo de ambos, ya de casi seis años de edad, responde perfectamente al espíritu de los arts 92 y 94, y concordantes, del Código Civil , aplicados por analogía a la situación de que se trata, pues, el padre, que, indudablemente, quiere cumplir sus deberes para con su hijo, después de la separación de hecho con su madre, y de la aceptación de que su...

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