SAP Vizcaya 477/2000, 19 de Mayo de 2000

PonenteJUAN MANUEL IRURETAGOYENA SANZ
ECLIES:APBI:2000:2253
Número de Recurso94/1999
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución477/2000
Fecha de Resolución19 de Mayo de 2000
EmisorAudiencia Provincial - Vizcaya, Sección 4ª

SENTENCIA Nº 477/00 ILMOS. SRES.

D. ANTONIO GARCÍA MARTÍNEZ

D. JUAN MANUEL SANZ IRURETAGOYENA

D. JOSÉ ÁNGEL ODRIOZOLA FERNÁNDEZEn BILBAO, a diecinueve de Mayo de dos mil.

Vistos en grado de apelación ante la Audiencia Provincial de Bilbao, Sección Cuarta, integrada por los Ilmos. Srs. Magistrados, los presentes autos de Juicio de Cognición nº 465/97, procedentes del Juzgado de 1ª Instancia nº 4 de Barakaldo y seguidos entre partes: Como apelantes Fernando y Fernando con Procurador Sr. Ors Simón y como apelado que impugna el recurso SOCIEDAD GENERAL DE AUTORES Y EDITORES con Procuradora Sra. Bajo Auz.

SE ACEPTAN y se dan por reproducidos en lo esencial, los antecedentes de hecho de la sentencia impugnada en cuanto se relacionan con la misma.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La Sentencia de instancia de fecha 18 de Noviembre de 1.998 es de tenor literal siguiente:

"FALLO: Que estimando la demanda formulada por la Procuradora Sra. Bajo Auz en nombre y representación de la SOCIEDAD GENERAL DE AUTORES Y EDITORES contra Dña. Yolanda y D. Fernando , debo condenar y condeno a los demandados a pagar a la actora la suma de 170.469,- ptas., más los intereses legales de dicha cantidad desde la presentación de la demanda en el Juzgado hasta su completo pago, imponiendo a los demandados el pago de las costas procesales causadas en este juicio".

SEGUNDO

Publicada y notificada dicha Resolución a las partes litigantes, por la representación de los demandados se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación que, admitido por el Juzgado de Instancia y tramitado en legal forma ha dado lugar a la formación del presente rollo, al que ha correspondido el nº 94/99 de Registro y que se ha suscitado con arreglo a los trámites de los de su clase.

TERCERO

Hecho el oportuno señalamiento, quedaron las actuaciones sobre la Mesa del Tribunal para su deliberación y resolución.

CUARTO

En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales. Ha sido Ponente para este trámite el Ilmo. Sr. Magistrado D. JUAN MANUEL SANZ IRURETAGOYENA.

JURÍDICOS

PRIMERO

El primer motivo del recurso de apelación es reiterar la excepción de falta de legitimación activa de la Sociedad General de autores y editores con la argumentación de que dicha entidad sólo está legitimada activamente si acredita que le ha sido enconmendada la gestión por los titulares de los derechos derivados de la comunicación pública.

EL motivo no puede prosperar puesto que es constante la doctrina de esta Sección de la...

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