SAP Sevilla 218/2006, 15 de Mayo de 2006

PonenteMARCOS ANTONIO BLANCO LEIRA
ECLIES:APSE:2006:1924
Número de Recurso2044/2006
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución218/2006
Fecha de Resolución15 de Mayo de 2006
EmisorAudiencia Provincial - Sevilla, Sección 6ª

SENTENCIA NÚM.218

ILTMOS. SRES.

MARCOS ANTONIO BLANCO LEIRA.

DON JOSE CARLOS RUIZ DE VELASCO LINARES

DON RUPERTO MOLINA VAZQUEZ

DOÑA CARMEN ABOLAFIA DE LLANOS

________________________________________

En Sevilla, a quince de Mayo dos mil seis.

VISTOS, por la Sección Sexta de esta Iltma. Audiencia Provincial, los autos de Juicio Ordinario nº 880/04, procedentes del Juzgado de Primera Instancia nº1 de Sevilla , promovidos por Luis Pedro Y Dº Soledad , representados por la Procuraora Dªmaria Jose Vida de la Riva contra DON Gonzalo Y Dº Laura , representados por la Procuradora dª Eva Maria Moreno Carmon, acumulados Autos 1022/04 , seguidos en Sevilla 8 a instancia de Gonzalo contra Luis Pedro y Dª Soledad ; sobre acción negatoria de servidumbre; autos venidos a conocimiento de este Tribunal en virtud de recurso de apelación interpuesto por los actores contra la sentencia en los mismos dictada en 11 de Noviembre de 2005 .

ANTECEDENTES DE HECHO

Se aceptan sustancialmente los de la resolución apelada, cuyo fallo literalmente dice: ,Que desestimando la demanda formulada por D. Luis Pedro y Dª Soledad contra D. Gonzalo y Dª Laura , debo absolver y absuelvo a los demandados de las pretensiones deducidas de contrario, asimismo, que estimando la reconvención formulada por los demandados contra los actores, debo declarar y declaro que la finca propiedad de los demandados, sita en el DIRECCION000 nº NUM000 de Castilblanco de los Arroyos (Sevilla), actualmente C/ DIRECCION001 nº NUM001 esta libre de servidumbres o limitaciones de cualquier naturaleza para con la finca de los actores, condenando a los actores a estar y pasar por esta declaración, a cesar en el desagüe de las aguas de patio, pluviales, de piscina o cualesquiera otras de su finca, y a restablecer su finca al estado anterior a aquellos, eliminando la tubería por donde discurren las aguas, que la atraviesan soportando los gastos que ello comporte, con imposición de costas a la parte actora .Que debodeclarar y declaro el sobreseimiento del juicio verbal seguido inicialmente ante el Juzgado de Primera Instancia nº 8 de Sevilla con el nº 1022/04 , autos acumulados a los presentes, seguidos a instancia de D. Gonzalo contra D. Luis Pedro y Dª Soledad , con imposición de costas a la parte actora.."

PRIMERO

Notificada a las partes dicha resolución y apelada por el citado litigante, y admitido que le fue dicho recurso en ambos efectos, se elevaron las actuaciones originales a esta Audiencia con los debidos escritos de alegaciones, dándose a la alzada la sustanciación que la Ley previene...

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