SAP Cantabria 421/2005, 21 de Septiembre de 2005
Ponente | MIGUEL CARLOS FERNANDEZ DIEZ |
ECLI | ES:APS:2005:1768 |
Número de Recurso | 78/2005 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 421/2005 |
Fecha de Resolución | 21 de Septiembre de 2005 |
Emisor | Audiencia Provincial - Cantabria, Sección 2ª |
MIGUEL CARLOS FERNANDEZ DIEZMILAGROS MARTINEZ RIONDAIGNACIO JAIME MATEOS ESPESO
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 2
SANTANDER
SENTENCIA: 00421/2005
AUDIENCIA PROVINCIAL DE CANTABRIA ROLLO NÚM.78/05
Sección Segunda
S E N T E N C I A NÚM. 421/05
Ilmo. Sr. Presidente:
Don Miguel Carlos Fernández Díez.
Ilms. Sres. Magistrados:
Doña Milagros Martínez Rionda.
Don Ignacio Mateos Espeso.
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En la Ciudad de Santander a veintiuno de septiembre de dos mil cinco.
Vistos en trámite de apelación ante esta Sección Segunda de la Ilma. Audiencia Provincial de Santander los presentes Autos de Juicio de Desahucio número 1.338 de 2.003, Rollo de Sala número 78 de 2.005, procedentes del Juzgado de Primera Instancia número Dos de los de Santander, seguido a instancia de Global Steel Wire S.A. contra Dª Camila.
En esta segunda instancia ha sido parte apelante Dª Camila, representada por la Procuradora Sra. Cos Rodríguez y defendida por la Letrada Sra. Martínez Mazorra; y parte apelada GLOBAL STEEL WIRE, S.A., representada por el Procurador Sr. Calvo Gómez y defendida por la Letrada Sra. Lagunilla Ruiloba.
Es ponente de esta resolución el Ilmo. Sr. Magistrado Don Miguel Carlos Fernández Díez.
Por la Ilma. Sra. Magistrada-Juez del Juzgado de Primera Instancia número Dos de Santander y en los autos ya referenciados, se dictó Sentencia con fecha 21 de octubre de 2004, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: Procede estimar la demanda interpuesta pòr Global Stell Wire S.A., representada por el Procurador Sr. Calvo Gómez, contra Dª Camila, representada por la Procuradora Sra. Cos Rodríguez, y en consecuencia declarar la resolución del contrato de arrendamiento que vinculaba a las partes y se ordene la entrega inmediata de la parcela arrendada (la señalada con los números 7 y 8 en el plano de 12 de Diciembre de 1953 que constituyen la parcela catastral nº 4 del Polígono de Camargo y parte de la finca catastral nº 6 del mismo polígono), libre y expedita a la actora, con apercibimiento de ser lanzado si no lo hiciera voluntariamente, todo ello con expresa condena en costas".
Contra dicha Sentencia, la representación de la parte demandada interpuso en tiempo y forma recurso de apelación, que fue admitido a trámite por el Juzgado; y tramitado el mismo, se remitieron las actuaciones a la Iltma. Audiencia Provincial, previo emplazamiento de las partes, habiendo correspondido por turno de reparto a esta Sección Segunda, donde tras el personamiento de las mismas, se señaló para deliberación y fallo del recurso el pasado día seis del presente mes.
En la tramitación del recurso se han observado las prescripciones legales, excepto el plazo para dictar sentencia por el volumen de asuntos que pesan sobre el órgano judicial.
Se aceptan los de la resolución recurrida en lo que no opongan o contradigan a los de la presente resolución y
Frente a la...
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