SAP Zaragoza 46/2007, 23 de Enero de 2007

PonentePEDRO ANTONIO PEREZ GARCIA
ECLIES:APZ:2007:24
Número de Recurso693/2006
Número de Resolución46/2007
Fecha de Resolución23 de Enero de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Zaragoza, Sección 5ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 5

ZARAGOZA

SENTENCIA: 00046/2007

SENTENCIA núm. 46/2007

ILMOS. Señores:

Presidente:

D. PEDRO ANTONIO PÉREZ GARCÍA

Magistrados:

D. JAVIER SEOANE PRADO

D. ANTONIO LUIS PASTOR OLIVER

En ZARAGOZA, a veintitrés de Enero de dos mil siete.

En nombre de S.M. el Rey,

VISTOS por esta Sección Quinta de la Audiencia Provincial de ZARAGOZA, en grado de apelación, los Autos de VERBAL DESAHUCIO FALTA PAGO núm. 0000684 /2006, procedentes del JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 11 de ZARAGOZA, a los que ha correspondido el ROLLO DE APELACIÓN núm. 0000693 /2006, en los que aparece como parte apelada-demandante MASA HEREDITARIA DE Carlos representados por la procuradora D. SUSANA HERNANDEZ HERNANDEZ y asistidos por la Letrada Dª. ANA ISABEL DOMINGUEZ CARABANTES; y aparece como parte apelante-demandada CAJA DE AHORROS Y MONTE DE PIEDAD DE ZARAGOZA, ARAGON Y RIOJA representada por el procurador D. JORGE LUIS GUERRERO FERNANDEZ y asistida por el Letrado D. JESUS BARREIRO SANZ; siendo Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. D. PEDRO ANTONIO PÉREZ GARCÍA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan los de la sentencia apelada de fecha 12 de septiembre de 2006, cuyo FALLO es del tenor literal: "FALLO.- Que, estimando íntegramente la demanda promovida en JUICIO VERBAL DE DESHAUCIO núm. 684/B-2006, instado por la Procuradora Sra. Hernández, en nombre y representación de MASA HEREDITARIA DE Dn. Carlos, contra CAJA DE AHORROS Y MONTE DE PIEDAD DE ZARAGOZA, ARAGON y RIOJA, representada por el Procurador Sr. Guerrero, debo declarar y declaro extinguido y resuelto el contrato de arrendamiento de fecha 3 de Mayo de 21983, sobre el local sito en ésta ciudad, calle García Sánchez, núm. 28, suscrito entre las partes, condenando a la demandada a que desaloje y deje a la libre disposición de la parte actora el citado local en el plazo legal previsto, bajo apercibimiento de lanzamiento si no lo verifica, condenándole asimismo al pago de las costas procesales"..

SEGUNDO

Notificada dicha sentencia a las partes por la representación procesal de CAJA DE AHORROS Y MONTE DE PIEDASD DE ZARAGOZA, ARAGON Y RIOJA se interpuso contra la misma recurso de apelación, y dándose traslado a la parte contraria se opuso al recurso, ; remitiéndose las actuaciones a esta Sección Quinta de la Audiencia, previo emplazamiento de las partes.

TERCERO

Recibidos los Autos y cinta de video, y una vez personadas las partes, se formó el correspondiente Rollo de Apelación con el número ya indicado, y no siendo necesaria la celebración de vista; se señaló para deliberación, votación y fallo el día 15 de enero de 2007.

CUARTO

En la tramitación de estos autos se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

SE aceptan LOS FUNDAMENTOS DE DERECHO de la Sentencia apelada, mientras que no se opongan a los de la presente resolución, y

PRIMERO

La Caja de Ahorros demandada interpone recurso de apelación contra la Sentencia del Juzgado que acuerda la resolución del contrato arrendaticio celebrado en el año 1983, al haber trascurrido el tiempo contractual acordado, celebrado que fue por tiempo de un mes, y considerarse que ya han terminado todas sus posibles prórrogas, reproduciendo tres argumentos, todos ellos de carácter jurídico, que ya expuso en la instancia, como son: A) Inadecuación del procedimiento, pues a juicio de la apelante la pretensión ejercitada debería haberlo sido en juicio ordinario; B) No determinación de la cuantía exacta propia del procedimiento, que tampoco en su opinión se corresponde con la acción esgrimida dicha; y C) No haber trascurrido el tiempo determinado por la Ley para la resolución del contrato, atendiendo a la naturaleza propia que ostenta la Caja de Ahorros demandada.

SEGUNDO

El primer argumento debe ser desestimado: con absoluta precisión se establece en el artículo 250, 1, de la Ley de Enjuiciamiento que "Se decidirán en juicio verbal, cualquiera que sea su cuantía, las demandas siguientes: 1º.- Las que, con fundamento... en la expiración del plazo fijado contractualmente,...

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