SAP Barcelona 328/2004, 18 de Mayo de 2004

PonenteFERNANDO UTRILLAS CARBONELL
ECLIES:APB:2004:6318
Número de Recurso780/2003
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución328/2004
Fecha de Resolución18 de Mayo de 2004
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 13ª

SENTENCIA N ú m. 328/2004

Ilmos. Sres.

D. JUAN BAUTISTA CREMADES MORANT

Dª. ISABEL CARRIEDO MOMPÍN

Dª. Mª DELS ÀNGELS GOMIS MASQUÉ

D. FERNANDO UTRILLAS CARBONELL

En la ciudad de Barcelona, a 18 de Mayo de 2004.

VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección Decimotercera de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de Juicio verbal (desahucio por falta de pago), número 40/2003 seguidos por el Juzgado Primera Instancia 5 Mataró (ant.CI-8), a instancia de Dª. Angelina , contra D. Gabriel ; los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por la ACTORA contra la Sentencia dictada en los mismos el día 30 de junio de 2003, por el/la Juez del expresado Juzgado .

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan los Antecedentes de Hecho de la Sentencia apelada, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que DESESTIMANDO ÍNTEGRAMENTE la demanda formulada por el/a Procurador/a de los Tribunales D/ª María Teresa Tresserras Torrent en nombre y representación de Dª. Angelina dirigido por el/a Letrado/a D/ª Santiago Vallmajor Gallifa, contra D. Gabriel , representado por el/a Procurador/a de los Tribunales D/ª Dolors Javier González y defendido/a por el/a Letrado/a D/ª Francesc Pons Casabella debo absolver y ABSUELVO a éste último de los pedimentos solicitados por la parte actora y en consecuencia debo declarar y DECLARO NO HABER LUGAR A RESOLVER el contrato de arrendamiento NI AL DESAHUCIO PRETENDIDO por falta de pago./ Con imposición expresa la parte actora de las costas de este procedimiento en atención a su mala fe y temeridad".

SEGUNDO

Contra la anterior Sentencia interpuso recurso de apelación la parte ACTORA mediante su escrito motivado, dándose traslado a la contraria se opuso en tiempo y forma; elevándose las actuaciones a esta Audiencia Provincial.

TERCERO

Se señaló para votación y fallo el día 11 de mayo de 2004.

CUARTO

En el presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.

VISTO, siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. FERNANDO UTRILLAS CARBONELL.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Como único motivo de apelación frente a la sentencia de primera instancia que desestimó la demanda de desahucio por falta de pago de las rentas desde mayo de 2002, devengadas en virtud del contrato de arrendamiento, de fecha 1 de marzo de 1985, de la vivienda sita en Mataró, CALLE000 nº NUM000 , piso NUM001 , por falta de cobro de las rentas por el arrendador, alega el actor apelante la infracción de la norma del artículo 22,4 de la Ley de Enjuiciamiento Civil por no alcanzar la cantidad consignada en estos autos el importe de las rentas adeudadas.

Centrada así la cuestión discutida, es lo cierto que para que pueda prosperar la acción de desahucio por falta de pago de las rentas, con fundamento en el artículo 114.1ª del Texto Refundido de la Ley de Arrendamientos Urbanos de 1964 , aplicable en este caso de acuerdo con la Disposición Transitoria Segunda A).1 de la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos , se hace preciso que concurran los requisitos establecidos con...

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