SAP Barcelona 346/2004, 21 de Mayo de 2004
Ponente | FERNANDO UTRILLAS CARBONELL |
ECLI | ES:APB:2004:6568 |
Número de Recurso | 853/2003 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 346/2004 |
Fecha de Resolución | 21 de Mayo de 2004 |
Emisor | Audiencia Provincial - Barcelona, Sección 13ª |
SENTENCIA N ú m. 346/2004.
Ilmos. Sres.
D. JUAN BAUTISTA CREMADES MORANT
Dª. ISABEL CARRIEDO MOMPÍN
Dª. Mª DELS ÀNGELS GOMIS MASQUÉ
D. FERNANDO UTRILLAS CARBONELL
En la ciudad de Barcelona, a 21 de mayo de 2004.
VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección Decimotercera de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de Juicio verbal (desahucio por falta de pago), número 280/2003 seguidos por el Juzgado Primera Instancia 6 Hospitalet de Llobregat (ant.CI-11), a instancia de D. Claudia , contra D. Carlos Ramón ; los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por el DEMANDADO contra la Sentencia dictada en los mismos el día 17 de julio de 2003, por el/la Juez del expresado Juzgado .
Se aceptan los Antecedentes de Hecho de la Sentencia apelada, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que estimando la demanda de desahucio promovida por el Procurador Sr. López Jurado, en nombre y representación de Claudia contra Carlos Ramón , representado por el Procurador Sr. Castells Val, debo declarar y declaro resuelto el contrato de arrendamiento que ligaba a las partes respecto de la finca sita en esta Ciudad; CALLE000 nº NUM000 - NUM001 - NUM002 , y en consecuencia debo condenar y condeno a dicho demandado a que deje libre y a disposición de la actora la citada vivienda con apercibimiento de lanzamiento en caso contrario. Condenándola igualmente al pago de las costas del procedimiento".
Contra la anterior Sentencia interpuso recurso de apelación la parte DEMANDADO mediante su escrito motivado, dándose traslado a la contraria se opuso en tiempo y forma; elevándose las actuaciones a esta Audiencia Provincial.
Se señaló para votación y fallo el día 8 de mayo de 2004.
En el presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.
VISTO, siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. FERNANDO UTRILLAS CARBONELL .
Como primer motivo de apelación reproduce de nuevo el demandado apelante la cuestión de la inadecuación del procedimiento del juicio verbal para decidir acerca del ejercicio de la acción de desahucio por la falta de pago de rentas, que le fue desestimada en la primera instancia, y que no puede ser acogida tampoco en la apelación, por cuanto los trámites seguidos del juicio declarativo verbal del Título III del Libro II de de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil son, según su artículo 250.1.1º , el procedimiento adecuado para decidir sobre las demandas que,con fundamento en el impago de la renta o cantidades debidas por el arrendatario, pretendan que el dueño, usufructuario, o cualquier otra persona con derecho a poseer una finca rústica o urbana, dada en arrendamiento, ordinario o...
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