SAP Asturias 615/2000, 11 de Diciembre de 2000

PonenteMODESTO VALENTIN ADOLFO FERNANDEZ DEL VISO BLANCO
ECLIES:APO:2000:4683
Número de Recurso182/2000
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución615/2000
Fecha de Resolución11 de Diciembre de 2000
EmisorAudiencia Provincial - Asturias, Sección 6ª

SENTENCIA N° 615

En el Rollo de apelación núm. 182/2000, dimanante de los autos de juicio civil de cognición, que con el número 105/99 se siguieron ante el Juzgado de Primera Instancia de Mieres 1 , siendo apelante D. Cesar

, demandante en 1ª Instancia, asistido por el Letrado D. ÁNGEL ORDIZ ORDIZ; y como parte apelada DOÑA Constanza , demandada en dicha instancia, asistido/a por el Letrado DON ANTONIO LORCA FERNÁNDEZ; y D. Bartolomé Y HEREDEROS DE D. Ángel Daniel (no se mostraron parte); ha sido Ponente el Ilmo. Sr. Don Modesto Blanco Fernández del Viso.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Juzgado de Primera Instancia núm. 1 de Mieres dictó sentencia en fecha 14 de enero de dos mil cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: " QUE ESTIMANDO PARCIALMENTE la demanda interpuesta por el Procurador Sr. García Cosio Alvarez, actuando en nombre y representación de DON Cesar , debo declarar y declaro:

1) Que la vivienda de DON Cesar , tiene a su espalda un huerto de CIEN METROS CUADRADOS DE

SUPERFICIE.-2) Que es procedente el deslinde y amojamiento, a practicar en ejecución de sentencia de dicho huerto, debiendo fijarse el limite Oeste del perímetro en el lugar en que se encuentra actualmente y el límite Este en el punto correspondiente del huerto que hoy es disfrutado por DON Bartolomé , y ello hasta completar la SUPERFICIE DE CIEN METROS CUADRADOS.-Y debo absolver y absuelvo a los demandados de las demás pretensiones deducidas de adverso.

Cada parte pagará las costas causadas a su instancia y las comunes por mitad, excepto las devengadas por DOÑA Constanza , que han de ser abonadas por el demandante."

SEGUNDO

Contra la anterior resolución se interpuso recurso de apelación por la parte demandante, del cual se dio el preceptivo traslado conforme al Art. 734. LEC y remitidos los autos a esta Sección, se tramitó la alzada, quedando los mismos vistos para sentencia.

TERCERO

En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Estimada en parte la demanda, el recurso se contrae a la forma o lugar por la que seordena el deslinde interesado, a insistir en la pretensión de declaración de ilegalidad del voladizo construido por la demandada, con su demolición, y a que se revoque el pronunciamiento que le impone el pago de las costas devengadas por la defensa de doña Constanza .

SEGUNDO

En cuanto a los dos primeros motivos del recurso, la Sala comparte...

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