SAP Castellón 352/2005, 30 de Junio de 2005

PonenteMARIA DE LOS ANGELES GIL MARQUES
ECLIES:APCS:2005:722
Número de Recurso71/2005
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución352/2005
Fecha de Resolución30 de Junio de 2005
EmisorAudiencia Provincial - Castellón, Sección 3ª

SENTENCIA NÚM. 352 de 2005

Ilmos. Sres.:

Presidente:

Don JOSÉ MANUEL MARCO COS

Magistradas:

Doña ADELA BARDÓN MARTÍNEZ

Doña Mª ANGELES GIL MARQUÉS

En la Ciudad de Castellón, a treinta de junio de dos mil cinco.

La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Castellón, constituida con los Ilmos. Sres. referenciados al margen, ha visto el presente recurso de apelación, en ambos efectos, interpuesto contra la Sentencia dictada el día veintiuno de octubre dos mil cuatro por la Ilma. Sra. Magistrada-Juez titular del Juzgado de 1ª Instancia número 5 de Castellón, en los autos de Juicio Ordinario seguidos en dicho Juzgado con el número 117 de 2004 .

Han sido partes en el recurso, como apelante, Viltek Import Export, S.L., representada por la Procuradora Dª Lía Peña Gea y defendida por la Letrada Dª Carmen de Jorge Mesas, y como apelada, Artesema, S.A., representada por el Procurador D Oscar Colón Gimeno y defendida por el Letrado D. Juan José Taillafert Delgado.

Es Magistrada Ponente la Ilma. Sra. Dª. Mª ANGELES GIL MARQUÉS.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Fallo de la Sentencia apelada literalmente establece: "Que estimando la demanda interpuesta por el procurador D. Oscar Colón Gimeno, en nombre y representación de la mercantil Artesema, S.A. contra la mercantil Viltek Import Export, S.L. debo condenar y condeno a la mercantil demandada a que abone a la parte actora la suma de nueve mil setecientos sesenta y seis euros con veintidós céntimos de euro (9.766,22 euros) más los intereses legales desde la fecha de emplazamiento.-Con expresa imposición de costas procesales a la mercantil demandada.- Notifíquese...- Así..."

SEGUNDO

Notificada dicha Sentencia a las partes, por la representación procesal de Viltek Import Export, S.L. se interpuso recurso de apelación, en tiempo y forma, en escrito razonado, solicitando se dicte Sentencia por la que se anule la sentencia recurrida por incongruencia omisiva y subsidiariamente, se revoque la sentencia recurrida, dictando nueva sentencia ajustada a derecho, imponiendo las costas a la parte actora y recurrente.

Se dio traslado a la parte contraria, que presentó escrito oponiéndose al recurso, solicitando se dicte sentencia por la que desestimando el recurso de apelación planteado por la representación procesal de Viltek Import Export, S.L., se acuerde la ratificación íntegra del fallo judicial y consecuentemente la desestimación del recurso, todo ello con expresa condena a la adversa de las costas de esta alzada.

Se remitieron los autos a la Audiencia Provincial, correspondiendo su conocimiento a esta Sección

Tercera, en virtud del reparto de asuntos.

Por Providencia de fecha 11 de febrero de 2005 se formó el presente Rollo, se designó Magistrada Ponente y se tuvieron por personadas las partes y por Providencia de fecha 11 de marzo de 2005 se señaló para la deliberación y votación del recurso el día 11 de mayo de 2005, llevándose a efecto lo acordado.

TERCERO

En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales de orden procesal, excepto el plazo legal para dictar la presente resolución.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

SE ACEPTAN INTEGRAMENTE los expuestos en la Sentencia apelada, resolviéndose el recurso conforme a los siguientes:

PRIMERO

Se alega en primer lugar por la parte recurrente, Viltek Import Export S.L., que la Sentencia recurrida incurre en infracción de las garantías procesales, fundándose este motivo del recurso en infracción del artículo 218.1 de la L.E.Civil , al no pronunciarse la...

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