SAP Guipúzcoa 2192/2005, 31 de Mayo de 2005

PonenteFELIPE PEÑALBA OTADUY
ECLIES:APSS:2005:696
Número de Recurso2186/2005
Número de Resolución2192/2005
Fecha de Resolución31 de Mayo de 2005
EmisorAudiencia Provincial - Guipúzcoa, Sección 2ª

SENTENCIA Núm.Ilmos/as. Sres/as.

D/ña. ANE MAITE LOYOLA IRIONDO

D/ña. Mª TERESA FONTCUBERTA DE LATORRE

D/ña. FELIPE PEÑALBA OTADUY

En DONOSTIA-SAN SEBASTIÁN, a treinta y uno de mayo de dos mil cinco.

La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de esta capital, constituida por los Magistrados que al margen se expresan, ha visto en trámite de apelación el Juicio Verbal nº 6/05 del Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Donostia-San Sebastián , seguido a instancia de la SOCIEDAD GENERAL DE AUTORES Y EDITORES -S.G.A.E.- (demandante-apelada), representada por la Procuradora Dª. MERCEDES PAGOLA VILLAR y defendida por el Letrado D. Rafael Castro Mocoroa, contra TABERNOR S.L. (demandada-apelante), representada por el Procurador D. Santiago García del Cerro Espina y defendida por el Letrado D. Francisco Javier Bernaldez Fogue; todo ello en virtud del recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada por el mencionado Juzgado de fecha 27 de enero de 2005 .

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El 27 de enero de 2005 el Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Donostia-San Sebastián dictó sentencia que contiene el siguiente Fallo:

"Que estimando la demanda presentada por la Procuradora Sra. Pagola Villar, en nombre y representación de la Sociedad General de Autores y Editores (S.G.A.E.), contra TABERNOR S.L., debo condenar y condeno a ésta a abonar al actor la suma de 1.710,56 euros mas los intereses legales de la misma en los términos ya dichos.

Todo ello con condena en costas de la demandada".

SEGUNDO

Notificada a las partes la resolución de referencia, se interpuso recurso de apelación contra ella, que fue admitido, y elevados los autos a esta Audiencia, se señaló día para Votación y Fallo el 30 de mayo de 2005.

TERCERO

En la tramitación de este recurso se han cumplido todas las formalidades prescritas por la ley.

CUARTO

Ha sido Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. FELIPE PEÑALBA OTADUY, quien expresa el parecer de la Sala.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El Ilmo. Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil nº 1 pronunció sentencia, en fecha 27 de enero de 2005 , en la que estimaba la acción en reclamación de cantidad por importe de 1.710,56 euros de principal formulada por la Sociedad General de Autores y Editores (S.G.A.E.) contra TABERNOR, S.L. como consecuencia de la difusión y comunicación pública por parte de ésta en el establecimiento de su titularidad "SENRA BAR", desde el mes de diciembre de 2000 hasta octubre de 2004, de obras cuyos derechos gestiona aquélla sin haber pedido ni obtenido su autorización.

Frente a la citada sentencia se alza el recurso de apelación interpuesto por la sociedad demandada que reclama el dictado de una sentencia desestimatoria de la demanda, con condena en costas a la actora en ambas instancias.

Los motivos en que la parte recurrente fundamenta su recurso son los siguientes:

- No puede darse validez a la declaración testifical de la persona empleada directa y establemente por la parte demandante. No cabe declarar probado, al amparo de las actas levantadas por el representante de la actora, que en el período diciembre 2000-noviembre 2001 se emitieran actos de comunicación sujetos a autorización de la actora, ni que se emitiera contenido protegido en los meses de noviembre y diciembre de 2004.- La carga de acreditar que se difunde contenido protegido corresponde a la actora, siendo así que la sentencia establece una inversión de la carga de la prueba al considerar que tener un aparato de TV y una radio en un lugar público obliga a la titular de los aparatos a demostrar que difunde obras de contenido protegido. Además, el aparato de música no está situado en un lugar público, como queda acreditado en la última acta.

La representación de la Sociedad General de Autores y Editores interesa la confirmación de la sentencia impugnada por compartir los...

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