SAP Cádiz 95/2004, 7 de Junio de 2004

PonenteMANUEL ESTRELLA RUIZ
ECLIES:APCA:2004:965
Número de Recurso130/2002
Número de Resolución95/2004
Fecha de Resolución 7 de Junio de 2004
EmisorAudiencia Provincial - Cádiz, Sección 4ª

D. Rafael del Río DelgadoD. MANUEL ESTRELLA RUIZD. ANTONIO MARIN FERNANDEZ

AUDIENCIA PROVINCIAL DE CÁDIZ

SECCIÓN CUARTA

S E N T E N C I A NUM. 95/04

ILTMOS. SRES.

PRESIDENTE

D. RAFAEL DEL RIO DELGADO.

MAGISTRADOS:

D. MANUEL ESTRELLA RUIZ.

D. ANTONIO MARIN FERNANDEZ

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN

NUM. 3 DE CÁDIZ.

DLIGENCIAS PREVIAS NUM. 130/02.

PROCTO. ABRDO NUM. 15/03.

En la Ciudad de Cádiz, a siete de junio de dos mil cuatro.

Vista en juicio oral y público ante la Sección Cuarta de esta Audiencia Provincial la presente la causa, referenciada al margen seguida por delito LESIONES contra los acusados Domingo , con Documento Nacional de Identidad núm. NUM000 , hijo de José Luis y de Inés, nacido el día 13/11/83, natural y vecino de Cádiz, representado por el Procurador Sr. Enrique Garcia-Agullo y Orduña y defendido por el Letrado Sr. José Luis García Fernández, Salvador , con Documento Nacional de Identidad núm. NUM001 , hijo de Miguel y de Dolores, nacido el día 30/07/81, natural y vecino de Cádiz, representado por la Procuradora Sra. María Vicenta Guerrero Moreno y defendido por el Letrado Sr. Miguel de los Dolores Lupión, Alfonso , con Documento Nacional de Identidad núm. NUM002 , hijo de Fernando y de Matilde, nacido el día 07/07/80, natural y vecino de Cádiz, este último extinguida la responsabilidad criminal por fallecimiento, siendo parte el MINISTERIO FISCAL y Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. MANUEL ESTRELLA RUIZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
  1. - La presente causa tiene su origen en las Diligencias Previas tramitadas en el Juzgado de Instrucción referido, con el número del margen, por delito de lesiones, recibidas las actuaciones en esta Sala y cumplido con los trámites legales, el Ministerio Fiscal en su escrito de acusación provisional, calificó los hechos como constitutivos de: A) Un delito de Lesiones del art. 147 y 148.1 del Código Penal. B) Un delito de lesiones del art. 150 del Código Penal y alternativamente del art. 147 y 148.1 del Código Penal, y C) Cinco faltas de lesiones del art. 617.1 del Código Penal.

    Considera a Domingo , responsable en concepto de autor, art. 28 del Código Penal de los delitos A y B, procediéndosea imponer al mismo, la pena de 5 AÑOS DE PRISIÓN por el delito A, accesorias y costas, así como 4 AÑOS DE PRISIÓN por el delito B de lesiones, accesorias y costas. Debiendo indemnizar a Javier con 6000 Euros y a Arturo con 2500 Euros.

    Considera a Salvador , responsable en concepto de autor, art. 28 del Código Penal, de dos faltas de lesiones, procediéndose a imponer al mismo, ARRESTO DE 6 FINES DE SEMANA por cada una de las 2 faltas de lesión cometida. Costas.

    Considera a Alfonso, responsable en concepto de autor, art. 28 del Código Penal de tres faltas de lesiones, procediéndose a imponer al mismo, ARRESTO DE 6 FINES DE SEMANA, por cada una de las tres faltas cometidas. Costas. Debiendo indemnizar a Javier con 300 Euros y a Jose Miguel con 300 Euros.

  2. - Las defensas de los acusados, en sus conclusiones provisionales, mantuvieron la libre absolución de sus representados.

  3. - En el Juicio oral y terminada la practica de las pruebas, el Ministerio Fiscal y las defensas de los acusados, elevan sus calificaciones a definitivas e informan en apoyo de sus pretensiones.

    El pasado 16 de Febrero de 2002, siendo aproximadamente las 6.30 horas, en el interior del local de baile ZONA 10, sito en la Avda Pascual Pery de Cádiz, Javier , pisó involuntariamente a Alfonso , hoy fallecido, quien le respondió con un puñetazo enzarzándose en una trifulca que culminó con la expulsión de ambos por los vigilantes jurados que custodiaban el local. Acto seguido, Alfonso , se encontró con Salvador , mayor de edad y con antecedentes penales no computables a efectos de reincidencia, así como con Domingo , mayor de edad y sin antecedentes penales, quien a la sazón, sufría una prolongada drogadicción que mermaba su capacidad volitiva, y el referirles lo sucedido, se dirigieron apenas transcurridos unos minutos hacia donde se encontraba Javier acompañado de un grupo de amigos, provocándole Alfonso , comenzando una segunda agresión mutua, en el transcurso de la cual, Domingo , valiéndose de una navaja, apuñaló por la espalda en dos ocasiones a Alfonso , quien no pudo hacer nada por evitarlo, ocasionándole dos heridas inciso contusas en el hemitorax izquierdo ente las costillas 4ª y 5ª, así como entre la 8ª y 9ª con sangrado profundo, siendo urgentemente tratado con expansores y suero para combatir la hipotensión arterial, presentando líquido en saco de Douglas y derrame pleural, requiriendo un tubo de drenaje con aspiración sellada, estando hospitalizado 7 días, sanando a los 47, quedándole como secuelas tres cicatrices en la región posterior. Ante la situación descrita, Arturo , amigo de Javier , acudió en su...

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