SAP Jaén 337/2000, 22 de Junio de 2000
Ponente | MARIA JESUS JURADO CABRERA |
ECLI | ES:APJ:2000:1171 |
Número de Recurso | 312/2000 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 337/2000 |
Fecha de Resolución | 22 de Junio de 2000 |
Emisor | Audiencia Provincial - Jaén, Sección 1ª |
SENTENCIA N°.337
Ilmos. Sres.
PRESIDENTE
D. Pío Aguirre Zamorano
MAGISTRADOS
Dª Elena Arias Salgado Robsy
Dª Mª Jesús Jurado Cabrera
En la Ciudad de Jaén a, veintidós de junio de dos mil.
Vistos en grado de apelación, por la Sección Primera de esta Audiencia Provincial los autos de Juicio de COGNICION seguidos en primera instancia con el nº 267 del año 1.999, por el Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Jaén, rollo de apelación de esta Audiencia nº 312 del año 2000 , a instancia de Antonio , representado en la instancia por la Procuradora Sra. Luque Luque y defendido por el letrado Sr. Oya Amate, contra D. Isidro y Dª. Rosario , representado en la instancia por la Procuradora Sra. Marín Hortelano y defendido por el letrado Sr. Fernández Bonilla.
ACEPTANDO los antecedentes de hecho de la Sentencia apelada, dictada por el Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Jaén, con fecha 26 de abril de 2000 .
Por dicho Juzgado y en la fecha indicada, se dictó sentencia que contiene el siguiente FALLO: "Que estimando como estimo la demanda formulada por la procuradora Sra. Luque Luque en nombre y representación de D. Antonio contra D. Isidro y Dª. Rosario :.- a) debo declarar el derecho del actor a seguir utilizando para el riego de la finca de su propiedad al sitio Valdelascuevas, término de Pegalajar, inscrita al libro NUM000 , folio NUM001 v., nº NUM002 , inscripción 5ª, las aguas de la Fuente Los Pérez, una vez ala semana. - b) Condenando a los demandados a estar y pasar por dicha declaración, así como a la reparación de la tubería instalada, con reposición al actor en el aprovechamiento del agua de la mencionada fuente, y debiendo abstenerse de llevar a cabo cualquier perturbación de dicho derecho, así como a que le indemnicen los daños y perjuicios que con la destrucción de la tubería y corte de agua para riego le han sido causados, y a determinar en ejecución de sentencia, y ello, con expresa condena en costas a los citados demandados.".
Contra dicha sentencia se interpuso por los demandados, en tiempo y forma, recurso de apelación, que fue admitido en ambos efectos por el Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Jaén, presentando para ello escrito de alegaciones en el que basa su recurso en error en la apreciación de la prueba, manteniendo las excepciones invocadas en la instancia, solicitando la revocación de la sentencia y se dicte otra conforme a sus pretensiones..TERCERO.- Dado traslado a las demás partes del escrito de apelación, se presentó escrito impugnándolo por el actor, solicitando la confirmación de la sentencia por sus propios fundamentos, remitiéndose por el Juzgado las actuaciones a esta Audiencia, en la que se formó el rollo correspondiente, quedando las actuaciones sobre la mesa para dictar la resolución oportuna.
En la tramitación de este recurso se han observado las formalidades legales.
Siendo Ponente la Magistrada Dª. Mª Jesús Jurado Cabrera.
ACEPTANDO los fundamentos de derecho de la resolución impugnada.
Ejercita el actor una acción dirigida a preservar su derecho a, uso una vez por semana de un aprovechamiento de aguas, perturbado por los demandados, por lo que solicitó que se repusieran las tuberías a su estado anterior e indemnización de daños y perjuicios y habiendo desestimado el juzgador de instancia la demanda, contra esta resolución se alzan los demandados insistiendo...
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