SAP Jaén 337/2000, 22 de Junio de 2000

PonenteMARIA JESUS JURADO CABRERA
ECLIES:APJ:2000:1171
Número de Recurso312/2000
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución337/2000
Fecha de Resolución22 de Junio de 2000
EmisorAudiencia Provincial - Jaén, Sección 1ª

SENTENCIA N°.337

Ilmos. Sres.

PRESIDENTE

D. Pío Aguirre Zamorano

MAGISTRADOS

Dª Elena Arias Salgado Robsy

Dª Mª Jesús Jurado Cabrera

En la Ciudad de Jaén a, veintidós de junio de dos mil.

Vistos en grado de apelación, por la Sección Primera de esta Audiencia Provincial los autos de Juicio de COGNICION seguidos en primera instancia con el nº 267 del año 1.999, por el Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Jaén, rollo de apelación de esta Audiencia nº 312 del año 2000 , a instancia de Antonio , representado en la instancia por la Procuradora Sra. Luque Luque y defendido por el letrado Sr. Oya Amate, contra D. Isidro y Dª. Rosario , representado en la instancia por la Procuradora Sra. Marín Hortelano y defendido por el letrado Sr. Fernández Bonilla.

ACEPTANDO los antecedentes de hecho de la Sentencia apelada, dictada por el Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Jaén, con fecha 26 de abril de 2000 .

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por dicho Juzgado y en la fecha indicada, se dictó sentencia que contiene el siguiente FALLO: "Que estimando como estimo la demanda formulada por la procuradora Sra. Luque Luque en nombre y representación de D. Antonio contra D. Isidro y Dª. Rosario :.- a) debo declarar el derecho del actor a seguir utilizando para el riego de la finca de su propiedad al sitio Valdelascuevas, término de Pegalajar, inscrita al libro NUM000 , folio NUM001 v., nº NUM002 , inscripción 5ª, las aguas de la Fuente Los Pérez, una vez ala semana. - b) Condenando a los demandados a estar y pasar por dicha declaración, así como a la reparación de la tubería instalada, con reposición al actor en el aprovechamiento del agua de la mencionada fuente, y debiendo abstenerse de llevar a cabo cualquier perturbación de dicho derecho, así como a que le indemnicen los daños y perjuicios que con la destrucción de la tubería y corte de agua para riego le han sido causados, y a determinar en ejecución de sentencia, y ello, con expresa condena en costas a los citados demandados.".

SEGUNDO

Contra dicha sentencia se interpuso por los demandados, en tiempo y forma, recurso de apelación, que fue admitido en ambos efectos por el Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Jaén, presentando para ello escrito de alegaciones en el que basa su recurso en error en la apreciación de la prueba, manteniendo las excepciones invocadas en la instancia, solicitando la revocación de la sentencia y se dicte otra conforme a sus pretensiones..TERCERO.- Dado traslado a las demás partes del escrito de apelación, se presentó escrito impugnándolo por el actor, solicitando la confirmación de la sentencia por sus propios fundamentos, remitiéndose por el Juzgado las actuaciones a esta Audiencia, en la que se formó el rollo correspondiente, quedando las actuaciones sobre la mesa para dictar la resolución oportuna.

CUARTO

En la tramitación de este recurso se han observado las formalidades legales.

Siendo Ponente la Magistrada Dª. Mª Jesús Jurado Cabrera.

ACEPTANDO los fundamentos de derecho de la resolución impugnada.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero

Ejercita el actor una acción dirigida a preservar su derecho a, uso una vez por semana de un aprovechamiento de aguas, perturbado por los demandados, por lo que solicitó que se repusieran las tuberías a su estado anterior e indemnización de daños y perjuicios y habiendo desestimado el juzgador de instancia la demanda, contra esta resolución se alzan los demandados insistiendo...

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