SAP Las Palmas 693/2003, 23 de Septiembre de 2003

PonenteCARLOS GUSTAVO ORTEGA MELIAN
ECLIES:APGC:2003:1997
Número de Recurso235/2002
Número de Resolución693/2003
Fecha de Resolución23 de Septiembre de 2003
EmisorAudiencia Provincial - Las Palmas, Sección 5ª

SENTENCIA 693

Iltmos. Sres.

Presidente:

D./Dª. Angel Montesdeoca Acosta Magistrados:

D./Dª. Carlos García Van Isschot D./Dª. Carlos Gustavo Ortega Melian (Ponente) En Las Palmas

de Gran Canaria , a 23 de septiembre de 2003 . SENTENCIA APELADA DE FECHA: 24 de enero de 2001 APELANTE QUE SOLICITA LA REVOCACIÓN: D./Dña. Pedro Jesús VISTO, ante la AUDIENCIA PROVINCIAL SECCIÓN QUINTA , el recurso de apelación admitido a la parte demandante , en los reseñados autos, contra la sentencia dictada por el JDO. 1A.INST.E INSTRUCCION N. 7 de SAN BARTOLOME DE TIRAJANA de fecha 24 de enero de 2001 , instados esta apelacion a instancia de D./Dña. Pedro Jesús representados por el Procurador D./Dña. Francisco Ojeda Rodriguez y dirigido por el Letrado

D./Dña. Clementina Garcia Hernandez , contra D./Dña. María del Pilar representado por el Procurador

D./Dña. Antonio Vega Gonzalez y dirigido por el Letrado D./Dña. Araceli Martel Caballero .Siendo parte el Ministerio Fiscal.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Fallo de la Sentencia apelada dice:"Qque estimando la demanda presentada por el Procurador D. en la representación de la esposa decreto l divorcio de los cónyuges Ddña. María del Pilar y

D. Pedro Jesús , por la concurrencia de la causa segunda del art. 86 del Código Civil y acuerdo la adopción de las medidas que seguidamente se transcriben:.- Pprimera.- Por Ministerio de la Ley, ambos esposos podrán vivir separados, cesando la convivencia conugal con revocación de los consentimientos y poderes que cualqquiera de ellos se haya otorgado al otro. Asimismo, salvo pacto en contrario, cesa la posibilidad de vincular los bienes privativos del otro cónyuge en el ejercicio de la potestad doméstica.-

Segundo

Los hijos menores habidos durante el matrimonio quedarán bajo la guardia y custodia de la madre, ostentando y ejerciendo la Patria potestad ambos progenitores.- Tercera.- Teniendo en cuenta el interés familiar mas necesitado de protección, se asigna el uso de la vivienda familiar, sita en CALLE000 número NUM000 , Casa Pastores, de este Partido Judicial , así como del mobiliario y ajuar doméstico existente en la misma, a la solicitante, quien residirá en dicha vivienda en compañía de los hijos, de la que el esposo podrá sacar sus objetos de aseo y trabajo, así como los estrictamente personales y toda su ropa.- Cuarta.- En lo referente al régimen de visitras se determina que el padre podrá comunicarse con los hijos menores recogiendolos y entregándoles en el domicilio materno:* los fines de semana alternos comenzando por el siguiente a la publicación de esta resolución desde las 20.00 horas del viernes a las 19.00 horas del domingo.-* la primera mitad de las vacaciones de Navidad, Semana Santa y Verano, en los años pares y la segunda mitad en los años impares. El primer periodo de Navidad comprende desde el 23 de diciembre al 31 de diciembre y el segundo periodo desde el 1 de enero al 7 de enero, ambos inclusive; en Semana Santa el primer peeriodo son los cuatro primeros días y el segundo periodo los tres últimos; en verano el primer periodo es el mes de julio y el segundo periodo el mes de agosto; el cambio de turno tendrá lugar a las 17,00 horas.* el padre (o la madre, si los menores están con el padre como consecuencia del régimen de visitas) podrá relacionarse con sus hijos los días de Navidad, Reyes, Año Nuevo, onomástica del menor y del progeniitor, cumpleaños del menor y del progeniitor, día del padre, día de la madre, primera comunión y confirmación desde las16.00 horas a las 20.00 horas.-* Si el menor estuviese enferme, el padre podrá visitarlo enel domicilio materno entre las 17.00 horas y las 19.00 horas.-*El padre podrá comunicarse telefonicamente con sus hijos, si ello no altera la actividad escolar y las horas de descanso de los menores.-* La madre está obligada a comunicar al padre el domicilio exacto donde se encuentra con los hijos así como su número de telefono y todo cambio de domicilio que en el futuro pueda realizar.-*Cada progenitor deberá poder en conocimiento del otro el lugar y dirección completa donde va a residir en periodo vacacional con los hijos menores.-*los hijos menores no podrán salir del territorio español sin consentimiento por escrito de ambos padres.-Los padres podrán alterar el règimen y la elección de los períodos que le sean más convenientes de común acuerdo y en interés de los hijos.-Quinta.-Se fija en 30.000 pesetas mensuales la suma que deberá aportar el padre como contribuir al levantamiento de cargas familiares y alimentos para los hijos menores, que deberán ser abonadas por...

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