SAP Cáceres 10/2001, 22 de Enero de 2001

PonenteSALVADOR CASTAÑEDA BOCANEGRA
ECLIES:APCC:2001:33
Número de Recurso404/1999
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución10/2001
Fecha de Resolución22 de Enero de 2001
EmisorAudiencia Provincial - Cáceres, Sección 1ª

SENTENCIA NÚM.- 10/01

Ilmos. Sres.

PRESIDENTE:

DON JUAN FRANCISCO BOTE SAAVEDRA=

MAGISTRADOS:

DON SALVADOR CASTAÑEDA BOCANEGRA=

DOÑA MERCEDES SABIDO RODRIGUEZ=

-------------------------------------------------------------------------Rollo de Apelación núm.- 229/00=

Autos núm.- 404/99=

Juzgado de 1ª Instancia núm.- 3 de Cáceres=

===========================================

En la Ciudad de Cáceres a veintidós de enero de dos mil uno.

Habiendo visto ante esta Audiencia Provincial de Cáceres el Rollo de apelación al principio referenciado, dimanante de los autos de Juicio de Divorcio núm.- 404/99 del Juzgado de 1ª Instancia núm.-3 de Cáceres, siendo parte apelante, el demandado DON Joaquín , representado por el Procurador del Turno de Oficio Sr. Merino Muñoz y defendido por el Letrado del Turno de Oficio Sr. Carrasco Ibáñez y como parte apelada la demandante DOÑA Patricia , representada por el Procurador del Turno de Oficio Sr. De Francisco Simón y defendida por el Letrado del Turno de Oficio Sr. Matamoros Tribiño. Siendo parte el Ministerio Fiscal.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de 1ª Instancia núm.- 3 de Cáceres, en los Autos núm.- 404/99 con fecha 12 de junio de 2000, se dictó sentencia cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

"FALLO: Estimando la demanda de divorcio interpuesta por la representación procesal de Doña Patricia contra Don Joaquín , debo declarar y declaro disuelto por divorcio el matrimonio contraído entre los cónyuges anteriormente citados, determinado como efectos de la declaración las medidas adoptadas en sentencia de separación de fecha 27 de abril de 1998, que aquí se tienen y dan por reproducidas, y sin hacer un especial pronunciamiento en materia de costas procesales."

SEGUNDO

Contra referida resolución se interpuso, en tiempo y forma recurso de apelación por la parte demandada, el que fue admitido a trámite y previo emplazamiento de las partes se remitieron las actuaciones a esta Audiencia Provincial.

TERCERO

Recibidos por reparto en esta Sección Primera los autos originales, se formó el Rollo de Sala, se liquidó el término del emplazamiento, se turnaron de ponencia, e instruidas las partes, se señaló día para la vista del recurso el día 16 de enero de 2001, a las 10,45 horas de su mañana, en cuyo acto, por los letrados de las partes, se solicitaron en su informe sus respectivas pretensiones en cuanto a la admisión y denegación del recurso.

CUARTO

En la tramitación de este recurso se han observado las prescripciones legales.

Vistos y siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado DON SALVADOR CASTAÑEDA BOCANEGRA.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
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