SAP Sevilla 481/2004, 29 de Octubre de 2004
ECLI | ES:APSE:2004:4123 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 481/2004 |
Fecha de Resolución | 29 de Octubre de 2004 |
Emisor | Audiencia Provincial - Sevilla, Sección 2ª |
AUDIENCIA PROVINCIAL SEVILLA
Sección Segunda
REFERENCIA:
JUZGADO DE PROCEDENCIA: 1ªInstan. núm. 2 de Osuna
ROLLO DE APELACIÓN Nº 2.718/04-B
JUICIO Nº 101/03
S E N T E N C I A Nº 481
PRESIDENTE ILTMO. SR.
D. MANUEL DAMIAN ALVAREZ GARCIA
MAGISTRADOS, ILTMOS. SRES.
D. RAFAEL MARQUEZ ROMERO
D. CARLOS PIÑOL RODRIGUEZ
En la Ciudad de SEVILLA a, Veintinueve de Octubre de Dos Mil Cuatro.
Visto, por la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de SEVILLA, juicio de divorcio, procedente del Juzgado de Primera Instancia referenciado, donde se ha tramitado a instancia de D. Bernardo , que en el recurso es parte apelante, contra Dª María del Pilar , que en el recurso es parte apelante, representada por la Procuradroa Sra. León López, siendo parte el MINISTERIO FISCAL.
El Juzgado de Primera Instancia dictó sentencia el día 25 de Enero de 2.004, en el juicio antes dicho, cuya parte dispositiva es como sigue: "Que estimando parcialmente la demanda formulada por el Procurador Dña. Sandra Montes Cecilia, en nombre y representación de D. Bernardo , contra Dña. María del Pilar , debo declarar y declaro disuelto, por divorcio, el matrimonio celebrando entre ambos partes, con los efectos recogidos en los fundamentos jurídicos de esta sentencia, sin imposición de costas a ninguna de las partes."
Interpuesto recurso de apelación y admitido a trámite, se emplazaron a las partes y se elevaron los autos a esta Sección de la Audiencia, donde se formó rollo y se ha turnado de ponencia. Tras la votación y fallo quedó el recurso visto para sentencia.
En la tramitación del recurso se han observado las prescripciones legales.
Visto, siendo ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. RAFAEL MARQUEZ ROMERO quien expresa el parecer del Tribunal.
Queda limitado el objeto de los recursos interpuestos el actor y la demanda a los pronunciamientos contenidos en la sentencia apelada relativos al derecho de visitas y a la pensión alimenticia, alegándose en el recurso interpuesto por la demandada que no se han producido modificación de las circunstancias tenidas en cuenta al tiempo de aprobar el convenio regulador por lo que impugna las modificaciones contenidas en la sentencia apelada respecto del régimen de las visitas y en el recurso interpuesto por el actor se alga que debe ampliarse este régimen de visitas en el periodo vacacional, así como la posibilidad de alargar cualquier puente de su elección hasta una semana mientras la menor no alcance la edad escolar considerando que los gastos originados por el desplazamiento de la menor se encuadren dentro de los gastos extraordinarios y por tanto sufragados por mitad por ambos...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba