SAP Murcia 268/2003, 16 de Septiembre de 2003

PonenteJOSE MANUEL NICOLAS MANZANARES
ECLIES:APMU:2003:2228
Número de Recurso261/2003
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución268/2003
Fecha de Resolución16 de Septiembre de 2003
EmisorAudiencia Provincial - Murcia, Sección 5ª

SENTENCIA NUM. 268

Iltmos. Sres.

D. José Manuel Nicolás Manzanares

Presidente

D. Matías M. Soria Fernández Mayoralas.

D. José Joaquín Hervás Ortiz

Magistrados

En la ciudad de Cartagena, a dieciséis de Septiembre de dos mil tres

La Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Murcia, con sede en Cartagena, integrada por los Iltmos. Sres. expresados al margen, ha visto en grado de apelación los autos de Juicio de Divorcio número 119/2001 -Rollo 261/2003-, que en primera instancia se han seguido en el Juzgado de Primera Instancia Número Siete de Cartagena, entre las partes: como actor Don Raúl , representado por el Procurador Don Luis Fernando Gómez Navarro y dirigido por el Letrado Don José Lorente Sánchez, y como demandada Doña Marisol , representada por el Procurador Don Pedro Domingo Hernández Saura y dirigida por la Letrada Doña Antonia Murcia Gil. En esta alzada actúa como apelante la demandada y como apelado el demandante, ambas partes con la misma representación y defensa que tenían en la instancia. Interviene el Ministerio Fiscal al amparo de su Estatuto. Siendo Ponente el Iltmo. Sr. Don José Manuel Nicolás Manzanares, que expresa la convicción del Tribunal.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de Primera Instancia Número Siete de Cartagena en los referidos autos, tramitados con el número 119/2001, se dictó sentencia con fecha 22 de abril de 2002, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "Que estimando totalmente la demanda interpuesta por don Raúl , representado por el Procurador don Luis Fernando Gómez Navarro, contra doña Marisol , debo declarar y declaro la disolución del matrimonio de los cónyuges citados por divorcio, con todos los efectos legales, y en especial los señalados en el Fundamento de Derecho Segundo de esta resolución; sin hacer especial pronunciamiento en cuanto a las costas".SEGUNDO.- Contra dicha sentencia, se preparó recurso de apelación por la parte demandada, que, una vez admitido a trámite, interpuso en tiempo y forma, exponiendo por escrito y dentro del plazo que al efecto le fue conferido, la argumentación que le sirve de sustento. Del escrito de interposición del recurso se dio traslado a las demás partes, emplazándolas por diez días para que presentaran escrito de oposición al recurso o, en su caso, de impugnación de la resolución apelada en lo que les resultara desfavorable, dentro de cuyo término el Procurador Don Luis Fernando Gómez Navarro, en nombre y representación de Don Raúl , presentó escrito de oposición al recurso, solicitando la confirmación de la sentencia dictada en primera instancia, con expresa condena en costas a la contraparte. Seguidamente se remitieron los autos a este Tribunal, donde se formó el correspondiente rollo de apelación, con el número 261/2003, que ha quedado para sentencia sin celebración de vista, tras su votación y fallo en el día de la fecha.

TERCERO

En la tramitación de esta instancia se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El objeto de debate en esta alzada, motivo del recurso de apelación interpuesto por la representación procesal Doña Marisol frente a la sentencia de instancia en este juicio de divorcio, se centra las medidas adoptadas sobre la atribución del uso y disfrute de la vivienda de la playa sita en El Pedrucho, La Manga, pues, mientras que en el...

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