SAP Murcia 316/2003, 28 de Octubre de 2003

PonenteAntonio Arjona Llamas
ECLIES:APMU:2003:2639
Número de Recurso173/2003
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución316/2003
Fecha de Resolución28 de Octubre de 2003
EmisorAudiencia Provincial - Murcia, Sección 1ª

D. FRANCISCO JOSÉ CARRILLO VINADERD. ANTONIO ARJONA LLAMASD. ÁLVARO CASTAÑO PENALVA

AUDIENCIA PROVINCIAL, SECCION PRIMERA. ROLLO 173/03. DIVORCIO 443/02

S E N T E N C I A Nº 316 /03

ILMOS. SRES.

D. FRANCISCO JOSÉ CARRILLO VINADER

PRESIDENTE

D. ANTONIO ARJONA LLAMAS

D. ÁLVARO CASTAÑO PENALVA

MAGISTRADOS

En la ciudad de Murcia, a veintiocho de octubre de dos mil tres.

Habiendo visto en grado de apelación la Sección Primera de esta Audiencia Provincial, los autos de Juicio de Divorcio nº 443/03 que en primera instancia se han seguido en el Juzgado Civil nº 2 de Caravaca de la Cruz, entre las partes; como actora, ahora apelante, Dª

María

, representada por la Procuradora Sra. Abril Ortega y defendida por el Letrado Sr. Senac Sansano; como demandado, ahora apelado, D. Alvaro

, representado por el Procurador Sr. López Sánchez y defendido por el Letrado Sr. Jover Coy; habiendo intervenido el Ministerio Fiscal, al amparo de su Estatuto. Siendo Ponente el Ilmo. Sr. D. ANTONIO ARJONA LLAMAS, que expresa la convicción del Tribunal.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Juzgado de instancia citado con fecha 10 de febrero de 2.003, dictó en los autos principales de los que dimana el presente rollo la sentencia cuya parte dispositiva dice así: "FALLO: que estimando la solicitud de disolución de matrimonio por divorcio formulada de mutuo acuerdo por Dª.

María

y D. Alvaro

, debo declarar y declaro disuelto, por causa de divorcio, el matrimonio formado por ambos, quedando subsistentes las medidas acordadas en los autos de separación seguidos ante este Juzgado nº 60/97, excepto en lo relativo a la contribución del Sr. Alvaro

en concepto de alimentos, que se fija en la cantidad de 360'61 euros, conforme se señala en el fundamento jurídico segundo de la presente resolución, sin hacer declaración alguna sobre las costas".

SEGUNDO

Contra la anterior sentencia, en tiempo y forma, se interpuso recurso de apelación por Dª.

María

interesando la revocaciónde la sentencia en el sentido de que se fije la contribución a las cargas del matrimonio en 600 euros mensuales.

Admitido a trámite el recurso se dio traslado a la otra parte que formuló escrito de oposición al mismo interesando la confirmación dela sentencia.

Por el Juzgado se elevaron las actuaciones a esta Audiencia Provincial, turnándose a la Sección Primera, donde se registraron con el número 173/03 de Rollo y tras celebración de votación y fallo quedaron las actuaciones pendientes dedictar la resolución correspondiente.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La sentencia dictada en primera instancia declara disuelto por divorcio el matrimonio de los litigantes, dejando subsistentes en dicha situación las medidas acordadas en los autos de separación, con excepción de la contribución a cargo del Sr.

Alvaro

en concepto de alimentos, que en la sentencia apelada se fija en la cantidad de 360,61 euros mensuales.

Ante este...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR