SAP Badajoz 230/2002, 18 de Octubre de 2002
Ponente | JESUS PLATA GARCIA |
ECLI | ES:APBA:2002:1204 |
Número de Recurso | 247/2002 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 230/2002 |
Fecha de Resolución | 18 de Octubre de 2002 |
Emisor | Audiencia Provincial - Badajoz, Sección 1ª |
SENTENCIA núm. 230/2002
Iltmos. Sres. Magistrados
D. Enrique Martínez Montero de Espinosa
D. Jesús Plata García
D. Rafael Martínez de la Concha y Alvarez del Bayo
En la población de BADAJOZ, a 18 de Octubre de dos mil dos.
La Sección Primera de esta Audiencia Provincial, formada por los Iltmos. Sres. Magistrados, al margen reseñados, ha visto, en grado de apelación, los precedentes autos, [«*Juicio Declarativo Ordinario Verbal núm. 103_02-; Recurso Civil núm. 247_02; Juzgado de Primera Instancia de Llerena*»], en virtud de demanda formulada por DÑA. Camila , representada por el Procurador de los Tribunales DÑA. JOSEFA MENDEZ NOGALES y defendida por el letrado D. JOSE ANTONIO CARRASCO RANGEL seguida contra el demandado D. Carlos Jesús , representado por el Procurador de los Tribunales DÑA. MARIA DEL PILAR GUERRERO CRUZ y defendido por el letrado DÑA. CARMEN SANCHEZ DOMINGUEZ sobre acción negatoria en materia de Aguas.
«- ANTECEDENTES DE HECHO -»
En mencionados autos por el Iltmo. Sr. Juez de Primera Instancia de Llerena, se dicta sentencia de fecha 21 de junio de 2002, la que contiene el siguiente:
FALLO:Que estimando íntegramente la demanda interpuesta por la Procuradora DÑA. JOSEFA MENDEZ NOGALES en nombre y representación de DÑA. Camila contra D. Carlos Jesús debo condenar y condeno al demandado a tapar todos y cada uno de los desagües y orificios construidos en el camino de servicio común que delimita ambas fincas, reponiendo las cosas a su estado primitivo y ejecutando a su costa cuantas obras accesorias o complementarias sean precisas e indemnizando cuantos perjuicios se han causado, condenándole igualmente al pago de las costas causadas en esta instancia
Se aceptan, en cuanto son relación de trámites y antecedentes, los de la resolución apelada.SEGUNDO: Contra la anterior sentencia, en tiempo y forma, se interpuso, para ante esta Audiencia Provincial, RECURSO DE APELACION por D. Carlos Jesús , representado por el Procurador de los Tribunales DÑA. MARIA DEL PILAR GUERRERO CRUZ y defendido por el letrado DÑA. CARMEN SANCHEZ DOMINGUEZ el que se preparaba mediante escrito presentado ante el Juzgado de primer grado dentro del plazo reseñado en el art. 457 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil; acordándose seguidamente por dicho Juzgado tener por PREPARADO EL RECURSO, y emplazando a la parte para que en el término de VEINTE DIAS, formalizara la Apelación mediante escrito firmado por Abogado y Procurador; del escrito de Recurso presentado se dio traslado a las restantes partes personadas, emplazándolas por DIEZ DIAS para que presentaran ante el Tribunal que dictó la resolución apelada ESCRITO DE OPOSICION AL RECURSO o, en su caso, de IMPUGNACION en lo que le resultara desfavorable. De los escritos por estos últimos presentados se dio traslado al APELANTE PRINCIPAL, por término de DIEZ DIAS, para que alegase lo que a su derecho conviniese. Interpuestos los recursos de apelación, y presentados, en su caso, los escritos de oposición o impugnación, el Juzgado de instancia ordenó la remisión de los autos a este Tribunal para resolver la apelación. Han comparecido en esta alzada, a efectos de impugnación, el apelado DÑA. Camila , representada por el Procurador de los Tribunales DÑA. JOSEFA MENDEZ NOGALES y defendida por el letrado D. JOSE ANTONIO CARRASCO RANGEL. Llegados los autos se formó Rollo de Sala, al que le ha sido asignado el núm. 247_02 de Registro.
Recibidos los autos por este Tribunal y no habiéndose solicitado o acordado la celebración de Vista, quedaron los autos vistos para Sentencia.
Observadas las prescripciones legales de trámite.
VISTOS, siendo Ponente en estos autos, el Magistrado Iltmo. Sr. D. Jesús Plata García que expresa el parecer unánime de la Sala.
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