SAP Madrid, 19 de Noviembre de 2003

PonenteD. ALMUDENA TERESA SEBASTIAN MONTERO
ECLIES:APM:2003:12664
Número de Recurso656/2002
Fecha de Resolución19 de Noviembre de 2003
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 11ª

Dª. LOURDES RUIZ DE GORDEJUELA-LOPEZD. FERNANDO DELGADO RODRIGUEZD. ALMUDENA TERESA SEBASTIAN MONTERO

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

SECCION UNDECIMA

SENTENCIA Nº

Rollo: RECURSO DE APELACION 656 /2002

Ilmos. Sres. Magistrados:

Dª LOURDES RUIZ GORDEJUELA LOPEZ

D. FERNANDO DELGADO RODRIGUEZ

Dª ALMUDENA SEBASTIAN MONTERO

En MADRID, a diecinueve de noviembre de dos mil tres.

VISTO en grado de apelación ante esta Sección 11 de la Audiencia Provincial de MADRID, los Autos de JUICIO EJECUTIVO 537/2000,procedentes del JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 55 de MADRID, a los que ha correspondido el Rollo 656 /2002, en los que aparece como parte apelante GRUPO FEBESA DIVISION AGRICOLA, S.A. representado por el Procurador Sr. PEREZ DE SEVILLA GUITARD, y asistido por el Letrado D. JOSE MIGUEL FAJARDO, y como apelado CAJA DE AHORROS Y MONTE DE PIEDAD DE MADRID representado por el Procurador SR. FERNANDEZ CASTRO, y asistido por el Letrado Dª. Mª DEL PILAR LOPEZ ACEDO, sobre reclamación de cantidad,y siendo Magistrado Ponente la Ilma. Sra. Dª ALMUDENA SEBASTIAN MONTERO.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 55 de MADRID, en fecha 16 de noviembre de 2001, se dictó sentencia, cuya parte dispositiva es de tenor literal siguiente: Que debo mandar y mando seguir adelante la ejecución despachada contra GRUPO FEBESA DIVISION AGRICOLA, S.A. hasta hacer trance y remate de los bienes embargados y con su importe íntegro a CAJA DE AHORROS Y MONTE DE PIEDAD DE MADRID de la cantidad de DOCE MILLONES SETECIENTAS NOVENTA Y DOS MIL CUATROCIENTAS VEINTITRES PESETAS. (12.792.423) de principal y los intereses pactados y costas causadas y que se causen en las cuales expresamente condeno a dicho demandado.

SEGUNDO

Notificada la mencionada resolución a las partes, contra la misma se interpuso recurso de apelación por el demandado, alegando cuanto estimó pertinente, que fue admitido en ambos efectos, dándose traslado del mismo a la parte contraria que lo impugnó. Remitidos los autos originales del juicio a este Tribunal, sustanciándose por sus trámites legales, no siendo interesado el recibimiento del pleito a prueba.

TERCERO

La vista pública celebrada el día 10 de septiembre de 2003, tuvo lugar con la asistencia de los letrados de las partes litigantes.

CUARTO

En la tramitación del presente procedimiento han sido observadas las prescripciones legales a salvo del plazo para dictar sentencia en esta alzada por acumulación de asuntos.

FUNDAMENTOS DE...

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