SAP Badajoz 220/1998, 2 de Junio de 1998
Ponente | RAFAEL MARIA MARTINEZ DE LA CONCHA ALVAREZ DEL VAYO |
Número de Recurso | 551/1997 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 220/1998 |
Fecha de Resolución | 2 de Junio de 1998 |
Emisor | Audiencia Provincial - Badajoz |
SENTENCIA núm. 220/1998
Istmos. Sres. Magistrados
D. Enrique Martínez Montero de Espinosa
D. Jesús Plata García
D. Rafael Martínez de la Concha y Álvarez del Vayo
En la población de BADAJOZ, a 2 de junio de mil novecientos noventa y ocho.
La Sección Primera de esta Audiencia Provincial, formada por los Istmos. Sres. Magistrados, al margen reseñados, ha visto, en grado de apelación, los precedentes autos, [«*Juicio Ejecutivo núm. 141/97-; Recurso Civil núm. 551/97; Juzgado de Primera Instancia de Badajoz-6*»], en virtud de demanda formulada por , el BANCO CENTRAL HISPANOAMERICANO, S. Representado por el Procurador de los Tribunales D. FEDERICO GARCÍA GALÁN GONZÁLEZ y defendido por el Letrado D. ANTONIO GARCÍA GALÁN seguida contra D_ Leticia y contra la entidad mercantil ESTRUCTURAS FEBAL S.L representada por la Procuradora de los Tribunales D_ ESTHER PÉREZ PAVO y defendida por el Letrado D. JUAN CARLOS HERRERA PACHECO sobre reclamación de cantidad, en proceso sumario ejecutivo
.
«- ANTECEDENTES DE HECHO -»
En mencionados autos por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez de Primera Instancia de Badajoz-6, se dicta sentencia de fecha 1/10/1997 , la que contiene el siguiente:
FALLO: Que estimando la demanda interpuesta por el Procurador D. Federico García Galán en representación del Banco Central Hispanoamericano S.A", debo mandar y mando seguir adelante la ejecución despachada contra los bienes de los deudores " Estructuras Febal S.L." y D_ Leticia , hasta hacer trance y remate de los mismos y con su producto entero y cumplido pago a la acreedora ejecutante de la suma de 3.273.100 pesetas de principal , más intereses legales incrementados en dos puntos, gastos de devolución y costas, a cuyo pago condeno a los demandados.
Se aceptan, en cuanto son relación de trámites y antecedentes, los de la resolución apelada.
Contra la anterior sentencia, en tiempo y forma, se interpuso, para ante esta Audiencia Provincial, RECURSO DE APELACIÓN por entidad mercantil ESTRUCTURAS FEBAL S.L representada por el procurador de los Tribunales D_ ESTHER PÉREZ PAVO , y defendida por el Letrado D. JUAN CARLOS HERRERA PACHECO admitido en ambos efectos, compareciendo en la alzada a efectos de impugnación el apelado BANCO CENTRAL HISPANOAMERICANO S.A representado por el Procurador de los Tribunales
D. FEDERICO GARCÍA GALÁN GONZÁLEZ y defendido por el Letrado D. ANTONIO GARCÍA GALÁN todo lo que fue verificado y, llegados los autos a expresado Tribunal, se forma el rollo de Sala, al que le ha sido asignado el núm. 551/97 de Registro, dándole a la apelación el trámite oportuno, señalán-dose la vista de la misma, la que tuvo lugar con asistencia de los Letrados de las partes, en el modo y forma que reseña el Acta al efecto levantada, que informaron lo que estimaron por conveniente y, termi-nada aquélla, quedaron los autos sobre la mesa de la Sala y proveyente para Sentencia.
Observadas las prescripciones legales de trámite.
VISTOS, siendo ponente el Magistrado Ilmo.. Sr. D. Rafael Martínez de la Concha y Álvarez del Vayo que expresa el parecer unánime de la Sala.
«-
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La parte recurrente solicita la revocación de la sentencia y que en su lugar se dicte otra que desestime la demanda por acogimiento de la excepción del art. 67.1 de la Ley Cambiaria y del Cheque mandando levantar los embargos, alegando que los 6 pagarés objeto de la demanda ejecutiva tan sólo están firmados por uno de los administradores; que nunca la entidad anterior ha tenido relación con el banco y que el banco antes de aceptar el endoso debió de consultar en el Registro Mercantil a fin de comprobar que eran necesarias las dos firmas; finalmente expone que también será aplicable el artículo 10 de la Ley Cambiaria y del cheque .
Efectivamente la...
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