SAP Vizcaya 80/2001, 26 de Enero de 2001
Ponente | MARIA CONCEPCION MARCO CACHO |
ECLI | ES:APBI:2001:397 |
Número de Recurso | 360/1999 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 80/2001 |
Fecha de Resolución | 26 de Enero de 2001 |
Emisor | Audiencia Provincial - Vizcaya, Sección 3ª |
D. Mª CONCEPCION MARCO CACHODª. Dª. ANA ISABEL GUTIERREZ GEGUNDEZDª. D. AINHOA GUTIERREZ BARRENENGOA
AUDIENCIA PROVINCIAL DE BIZKAIA
BIZKAIKO PROBINTZIA-AUZITEGIA
Sección 3ª
BARROETA ALDAMAR 10 3ª planta
Tfno.: 94(4016664)
Fax: 94-4016992
N.I.G. 48.04.2-98/032228
ROLLO EJECUTIVO 360/99
O.Judicial Origen: Jdo. 1ª Instancia nº 9 (Bilbao)
Autos de JUICIO EJECUTIVO 644/98
SENTENCIA Nº 80
ILMOS. SRES.
Dña. Mª CONCEPCION MARCO CACHO
Dña. ANA ISABEL GUTIERREZ GEGUNDEZ
Dña. AINHOA GUTIERREZ BARRENENGOA
En la Villa de Bilbao, a 26 de enero de 2001.
Vistos en grado de apelación ante la Sección Tercera de esta Audiencia Provincial integrada por los Ilustrísimos Señores Magistrados del margen los presentes autos de Juicio Ejecutivo procedentes del Juzgado de 1ª Instancia num. 9 de Bilbao seguidos entre partes: Como apelante: COSIMPLEX, CONSTRUCCIONES INDUSTRIALIZADAS, S.L. representado por el Procurador Sr. Jesús Gorrochategui y dirigido por el Letrado Sr. José Ramón Zabalbeitia y como apelado : HORMIGONES OROZCO, S.A. representado por el Procurador Sra. Iciar Loubet Luzarraga y dirigido por el Letrado Sr. Jesús Lavín Madariaga.
SE ACEPTAN y se dan por reproducidos, en lo esencial, los antecedentes de hecho de la Sentencia impugnada, en cuanto se relacionan con la misma.
Que la referida Sentencia de instancia, de fecha 13 de enero de 1999, es del tenor literal siguiente: FALLO: Debo mandar y mando seguir adelante la ejecución despachada contra COSIMPLES, CONSTRUCCIONES INDUSTRIALIZADAS, S.L. hasta hacer trance y remate los bienes embargados y con su importe íntegro pago a HORMIGONES OROZCO, S.A. de la cantidad de 2.303.748 ptas. de principal y los intereses legales y costas causadas y que se causen en las cuales expresamente condeno a dicho demandado.
Contra esta resolución cabe recurso de apelación que se interpondrá por escrito ante este Juzgado en término de quinto día .
Así por esta mi Sentencia, que por la rebeldía del demandado se le notificará en los Estrados del Juzgado, y en el Boletín Oficial de esta Provincia, caso de que no se solicite su notificación personal, lo pronuncio, mando y firmo."
Que publicada y notificada dicha Resolución a las partes litigantes, por la representación de la ejecutada COSIMPLEX, CONSTRUCCIONES INDUSTRIALIZADAS, S.L. se interpuso en tiempo y en forma Recurso de Apelación que, admitido en ambos efectos por el Juzgado de Instancia y emplazadas las partes para ante este Tribunal y subsiguiente remisión de los autos, comparecieron las partes por medio de sus Procuradores ; ordenándose a la recepción de autos y...
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