SAP A Coruña 177/2003, 13 de Mayo de 2003
ECLI | ES:APC:2003:1117 |
Número de Recurso | 373/2003 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 177/2003 |
Fecha de Resolución | 13 de Mayo de 2003 |
Emisor | Audiencia Provincial - A Coruña, Sección 1ª |
Rollo: RECURSO DE APELACION 373/2003
NUMERO 177
LA SECCION PRIMERA DE LA AUDIENCIA PROVINCIAL DE A CORUÑA, constituída por los
Ilustrísimos Señores ÁNGEL MARIA JUDEL PRIETO-PRESIDENTE, DON MIGUEL HERRERO DE PADURA, DON JOSE MARIA SÁNCHEZ JIMENEZ, Magistrados,
EN NOMBRE DEL REY
ha pronunciado la siguiente:
SENTENCIA
En A Coruña a trece de mayo de dos mil tres.
En el recurso de apelación civil número 373/03, procedente del Juzgado de Primera Instancia n° tres de Betanzos, sobre OTORGAMIENTO DE ESCRITURA DE COMPRAVENTA Y OTROS EXTREMOS, entre partes, de la una y como apelante Bartolomé , y de la otra, y como apelados Eduardo , Carolina y en situación procesal de rebeldía los HEREDEROS DE Gema . Siendo Ponente el Iltmo. Sr. DON ÁNGEL MARIA JUDEL PRIETO.
Que por el Sr. Juez de Primera Instancia número tres de Betanzos, con fecha cuatro de noviembre de dos mil dos, se dictó sentencia, cuya parte dispositiva dice como sigue: "FALLO: Estimando parcialmente la demanda interpuesta por la procuradora Dª Mª Luisa Sánchez Presedo, en representación de D. Eduardo y Dª Carolina contra D. Bartolomé y Dª. Gema , fallecida durante la tramitación del procedimiento, representados por el procurador D. Manuel J. Pedreira del Río, condeno a D. Bartolomé y a los herederos de la codemandada, Dª Gema , a elevar a público, ante Notario competente, el documento privado de compraventa del desván sito en la última planta del edificio, hoy, n° NUM000 de la TRAVESIA000 , parroquia de Sta. Mª de Pastoriza, Ayuntamiento de Arteixo, que consta inscrito en el Registro de la Propiedad de A Coruña, Sección de Arteijo, Libro NUM001 , folo NUM002 , finca NUM003 , Inscripción 2ª. Con apercibimiento de que si la parte condenada no compareciera a otorgar escritura en el día que se señale en el trámite de ejecución de sentencia, se otorgará por el juzgador en sustitución de la misma.
Desestimo la demanda en cuanto al pedimento de condena a los demandados al abono de daños y perjuicios a los actores por lo que absuelvo a los demandados de la petición de condena apagar la suma de cuatro mil euros en concepto de daños y perjuicios.
Cada parte ha de abonar las costas causadas a su instancia y las comunes por mitad.".
Notificada dicha sentencia a las partes, se ha interpuesto contra la misma recurso de apelación por Bartolomé , que le fué admitido en ambos efectos, y conferidos por el Juzgado de instancia los traslados que establece la Ley de Enjuiciamiento Civil a las restantes partes, se elevaron los autos a esta Audiencia para la resolución del recurso correspondiendo, por reparto a esta Sección Primera, señalándose el día de ayer para votación y fallo.
En la sustanciación del presente recurso se han observado las prescripciones y formalidades legales.
Planteado el recurso exclusivamente por infracción de normas o garantías procesales (art. 459 ...
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