SAP A Coruña 177/2003, 13 de Mayo de 2003

ECLIES:APC:2003:1117
Número de Recurso373/2003
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución177/2003
Fecha de Resolución13 de Mayo de 2003
EmisorAudiencia Provincial - A Coruña, Sección 1ª

Rollo: RECURSO DE APELACION 373/2003

NUMERO 177

LA SECCION PRIMERA DE LA AUDIENCIA PROVINCIAL DE A CORUÑA, constituída por los

Ilustrísimos Señores ÁNGEL MARIA JUDEL PRIETO-PRESIDENTE, DON MIGUEL HERRERO DE PADURA, DON JOSE MARIA SÁNCHEZ JIMENEZ, Magistrados,

EN NOMBRE DEL REY

ha pronunciado la siguiente:

SENTENCIA

En A Coruña a trece de mayo de dos mil tres.

En el recurso de apelación civil número 373/03, procedente del Juzgado de Primera Instancia n° tres de Betanzos, sobre OTORGAMIENTO DE ESCRITURA DE COMPRAVENTA Y OTROS EXTREMOS, entre partes, de la una y como apelante Bartolomé , y de la otra, y como apelados Eduardo , Carolina y en situación procesal de rebeldía los HEREDEROS DE Gema . Siendo Ponente el Iltmo. Sr. DON ÁNGEL MARIA JUDEL PRIETO.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que por el Sr. Juez de Primera Instancia número tres de Betanzos, con fecha cuatro de noviembre de dos mil dos, se dictó sentencia, cuya parte dispositiva dice como sigue: "FALLO: Estimando parcialmente la demanda interpuesta por la procuradora Dª Mª Luisa Sánchez Presedo, en representación de D. Eduardo y Dª Carolina contra D. Bartolomé y Dª. Gema , fallecida durante la tramitación del procedimiento, representados por el procurador D. Manuel J. Pedreira del Río, condeno a D. Bartolomé y a los herederos de la codemandada, Dª Gema , a elevar a público, ante Notario competente, el documento privado de compraventa del desván sito en la última planta del edificio, hoy, n° NUM000 de la TRAVESIA000 , parroquia de Sta. Mª de Pastoriza, Ayuntamiento de Arteixo, que consta inscrito en el Registro de la Propiedad de A Coruña, Sección de Arteijo, Libro NUM001 , folo NUM002 , finca NUM003 , Inscripción 2ª. Con apercibimiento de que si la parte condenada no compareciera a otorgar escritura en el día que se señale en el trámite de ejecución de sentencia, se otorgará por el juzgador en sustitución de la misma.

Desestimo la demanda en cuanto al pedimento de condena a los demandados al abono de daños y perjuicios a los actores por lo que absuelvo a los demandados de la petición de condena apagar la suma de cuatro mil euros en concepto de daños y perjuicios.

Cada parte ha de abonar las costas causadas a su instancia y las comunes por mitad.".

SEGUNDO

Notificada dicha sentencia a las partes, se ha interpuesto contra la misma recurso de apelación por Bartolomé , que le fué admitido en ambos efectos, y conferidos por el Juzgado de instancia los traslados que establece la Ley de Enjuiciamiento Civil a las restantes partes, se elevaron los autos a esta Audiencia para la resolución del recurso correspondiendo, por reparto a esta Sección Primera, señalándose el día de ayer para votación y fallo.

TERCERO

En la sustanciación del presente recurso se han observado las prescripciones y formalidades legales.

FUNDAMENTOS JURIDICOS
PRIMERO

Planteado el recurso exclusivamente por infracción de normas o garantías procesales (art. 459 ...

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