SAP Santa Cruz de Tenerife 140/2008, 26 de Marzo de 2008

PonenteMARIA DEL CARMEN PADILLA MARQUEZ
ECLIES:APTF:2008:516
Número de Recurso58/2008
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución140/2008
Fecha de Resolución26 de Marzo de 2008
EmisorAudiencia Provincial - Santa Cruz de Tenerife, Sección 3ª

SENTENCIA NÚM. 140/2008

Iltmos. Sres.

Presidente:

Dª. María Del Pilar Muriel Fernández Pacheco

Magistrados:

Dª. Carmen Padilla Márquez (Ponente)

Dª. María Luisa Santos Sánchez

En Santa Cruz de Tenerife, a veintiocho de marzo de dos mil ocho.

Visto por los Ilmos. Sres. Magistrados arriba expresados, en grado de apelación, el recurso interpuesto por la parte demandante, contra la Sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia núm. 4 de La Laguna, en autos de Juicio Ordinario nº. 315/2007, seguidos a instancias del Procurador D. José Ignacio Hernández Berrocal, bajo la dirección del Letrado D. Antonio Aznar Domingo en nombre y representación de D. Santiago y Dª. Erica, contra la entidad de bienes " PARQUE000 ", representado por la Procuradora Dª. Iluminada Marco Flor, bajo la dirección del Letrado D. Miguel Oramas Medina ;han pronunciado, en nombre de S.M. el Rey, la presente Sentencia, siendo Ponente la Ilma. Sra. Dª. Carmen Padilla Márquez Magistrado de esta Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife, con base en los siguientes,

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En los autos y por el referido Juzgado se dictó Sentencia de fecha dieciséis de noviembre de dos mil siete, cuya parte dispositiva, -literalmente copiada-, dice así: " Que desestimando la demanda presentada por el Procurador D. José Ignacio Hernández Berrocal, actuando en representación de D. Santiago y Dª Erica, contra la Comunidad de Bienes " PARQUE000 ", representada por la Procuradora Dª Iluminada Marco Flor: 1) Debo absolver y absuelvo a la demandada de los pedimentos contenidos en la demanda. 2) Todo ello con expresa imposición de las costas causadas en el procedimiento a la parte demandada.".

SEGUNDO

Notificada la sentencia a las partes en legal forma, se interpuso recurso de apelación por la representación de la parte demandante ; tramitándose conforme a lo previsto en los artículos 457 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil, presentando escrito de oposición la parte contraria, y remitiéndose con posterioridad los autos a esta Audiencia Provincial, con emplazamiento de las partes por término de treinta días.

TERCERO

Que recibidos los autos en esta Sección Tercera se acordó formar el correspondiente Rollo, y se designó como Ponente a la Ilma. Sra. Magistrado Dª. Carmen Padilla Márquez ; personándose oportunamente la parte apelante relativa a D. Santiago por medio del Procurador D. Gustavo Briganty Rodríguez, bajo la dirección del Letrado D. Antonio Aznar Domingo. Con fecha seis de marzo de los corrientes se dictó auto por el que se declara desierto el recurso formulado por la representación de Dª. Erica y continuar la tramitación del mismo respecto al también apelante D. Santiago ; señalándose para votación y fallo el día veinticuatro de marzo del corriente año.

CUARTO

En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales que le rigen.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

La sentencia, que desestima la demanda en ejercicio de la acción prevista en el artículo 1902 del Código Civil, y por la que los actores reclaman, frente a la arrendataria titular...

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