SAP Albacete 49/2006, 14 de Julio de 2006
Ponente | MARIA DE LOS ANGELES MONTALVA SEMPERE |
ECLI | ES:APAB:2006:553 |
Número de Recurso | 9/2006 |
Procedimiento | Procedimiento abreviado |
Número de Resolución | 49/2006 |
Fecha de Resolución | 14 de Julio de 2006 |
Emisor | Audiencia Provincial - Albacete, Sección 2ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 2
ALBACETE
SENTENCIA: 00049/2006
AUDIENCIA PROVINCIAL
SEC. 2ª
A L B A C E T E.-
Rollo nº 09 / 06
PROCEDIMIENTO ABREVIADO nº 23 / 05.-
Juzgado de Instrucción nº 2 -ALBACETE.-
S E N T E N C I A Nº
EN NOMBRE DE S. M. EL REY
Ilmos. Sres.
Presidente:
D. ANTONIO NEBOT DE LA CONCHA.-
Magistrados:
D. FRANCISCO CAÑAMARES PABOLAZA
Dª. MARÍA DE LOS ANGELES MONTALVÁ SEMPERE.-
En Albacete, a Catorce de Julio de dos mil seis.
VISTA en Juicio Oral y público ante esta Audiencia Provincial la Causa número 09/06, procedente del Juzgado de Instrucción nº 2 de ALBACETE tramitada bajo el número 23 / 05 por el Procedimiento Abreviado, por Delito de ESTAFA contra D. Marcelino de nacionalidad española, con D.N.I. nº NUM000,natural de CASASIMARRO,nacido el 07-04-1951, hijo de Juan José y Felicita, con domicilio en AVENIDA000 nº NUM001 -CASASIMARRO-en libertad provisional por esta causa, representado por el/la Procurador/a Sr. Vidal Valdés,defendido por el/la Letrado/a Dª CARMEN MARTÍNEZ CUERDA en sustitutición de su compañero D. FEDERICO CUÉLLAR MARTÍN DE HIJAS, siendo querellante VAN RAAK HOEKS SPAIN S.L representado por la Procuradora Sra. Maroto Ayala y defendido por el Letrado- Acusador Particular D. JOSÉ MANUEL BOY CARMONA, en sustitución de su compañero D.FERNANDO TOBÍAS VASCO, con intervención del Ministerio Fiscal, representado por la Ilma. Sra. Dª María Isabel PEÑARRUBIA SÁNCHEZ, designada MAGISTRADA-PONENTE la Ilma. Sra.Dª MARÍA DE LOS ANGELES MONTALVÁ SEMPERE y:
Con fecha 13 de Julio de 2.004 se interpuso Querella contra D. Marcelino, acordando incoar Diligencias Previas por Auto de 22 de Julio de 2.004 y admitir la Querella por Auto de 02 de Agosto de 2.004.
Se dictó Auto por el Instructor el 17 de Mayo de 2005 en cuya virtud se decide pasar a Procedimiento Abreviado aquéllas Diligencias necesarias hasta entonces para determinar la naturaleza de los hechos denunciados, las personas que en los mismos pudieran haber tenido participación y el procedimiento aplicable, decidiendo dar traslado al Ministerio Fiscal, a fin de que en el plazo de cinco días solicitase la apertura del juicio oral formulando escrito de acusación o el sobreseimiento de lo actuado.
Solicitada la apertura del juicio y previos los trámites procesales de rigor éste se ha celebrado el 22 de Junio de 2.006 en cuyo acto se han practicado las pruebas instadas por las partes, con el resultado que obra en el Acta extendida al efecto por la Sra. Secretario de la Sala, Doña Mª DEL ROSARIO ESCUDERO CANTO.
El Ministerio Fiscal modificó sus conclusiones provisionales en el solo sentido de rectificar un error material: conclusión 1ª: debe decir 21 de Noviembre de 2000, siendo elevadas por lo demás a definitivas, estimando que los hechos no son constitutivos de infracción penal de tipo alguno y solicitando la libre absolución del acusado.
La acusación particular, en sus conclusiones definitivas estimó que los hechos son constitutivos de un delito de ESTAFA agravada tipificado en los artículos 248 y 250-1-3º del CP. Siendo responsable en concepto de autor el acusado, sin concurrir circunstancias que modifiquen su responsabilidad criminal y solicitando se le imponga una pena de TRES AÑOS DE PRISIÓN y MULTA DE NUEVE MESES CON UNA CUOTA DÍA DE 60 EUROS.
La defensa del acusado en sus conclusiones definitivas, calificó los hechos como no constitutivos de infracción penal alguna, solicitando la libre absolución de su patrocinado con todos los pronunciamientos favorables.
De lo actuado resulta probado y así se declara expresamente que:
El 21 de Noviembre de 2000 el acusado Marcelino, mayor de edad y sin antecedentes penales, representando a la mercantil PINAR LEAL S.L concertó con la querellante VAN RAAK HOEKS SPAIN S.L un contrato privado de compraventa...
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