SAP Orense, 9 de Junio de 2004

PonenteJOSEFA OTERO SEIVANE
ECLIES:APOU:2004:573
Número de Recurso300/2003
ProcedimientoCIVIL
Fecha de Resolución 9 de Junio de 2004
EmisorAudiencia Provincial - Orense, Sección 1ª

D. Jesús Francisco Crispín PérezD. José Ramón Godoy MéndezDª. JOSEFA OTERO SEIVANE

APELACIÓN CIVIL

La Audiencia Provincial de Ourense, constituida por los Señores, don Jesús Francisco Cristín Pérez, Presidente, don José Ramón Godoy Méndez y doña Josefa Otero Seivane,

Magistrados, ha pronunciado, en nombre de S.M. El Rey, la siguiente

S E N T E N C I A NÚM.

En la ciudad de Ourense a nueve de junio de dos mil cuatro.

VISTOS, en grado de apelación, por esta Audiencia Provincial, actuando como Tribunal Civil, los autos de Juicios ordinarios acumulados procedentes del Juzgado mixto de Puebla de Trives, seguidos con los nros. 43 y 65/03, rollo de apelación núm. 300/03, entre partes, como apelantes ALLIANZ, S. A., representada por la Procuradora D. LOURDES LORENZO RIBAGORDA, bajo la dirección del Letrado D. JOSÉ CARLOS GONZÁLEZ FERNÁNDEZ; y D. Héctor , representado por la Procuradora Dª. ANA BELÉN VEGA GONZÁLEZ y defendido por el Letrado D. BENJAMÍN MAYO MARTÍNEZ; y, como apelados, D. Virginia , representada por la procuradora D. INÉS FERNÁNDEZ RAMOS, bajo la dirección de la Abogada D. ROCÍO DEL ALBA CASTRO PRIETO; y D. Eugenio Y Dª. Flor , representados por la procuradora Dª. EMILIA ENRÍQUEZ DOMÍNGUEZ, y defendidos por el letrado D. JOSÉ DÍAZ OCAMPO. Es ponente la Ilma. Sra. Doña Josefa Otero Seivane.

I - ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

Por el Juzgado mixto de Puebla de Trives, se dictó sentencia en los referidos autos, en fecha 23-06-2003, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "Que se estima totalmente la demanda presentada a instancia de Doña Virginia , Don Eugenio y Doña Flor representados por el Procurador Doña Emilia Enríquez Domínguez contra Don Héctor y la Cía de Seguros Allianz S.A. representados por la procuradora Doña Ana Belén Vega González y debo condenar y condeno a los demandados de forma solidaria a abonar a Doña Virginia la cantidad de ochenta mil euros (80.000 euros) en concepto de indemnización a la demandante, la cantidad de cuarenta y dos mil euros (42.000 euros) en concepto de indemnización a favor de Don Felix , la cantidad de cuarenta y dos mil euros (42.000 euros) en concepto de indemnización a favor de Eugenio y la cantidad de cuarenta y dos mil euros (42.000 euros) en concepto de indemnización a favor de Don Domingo , sumando un total de 206.000 euros a abonar por los demandados a de Doña Virginia . Que debo condenar y condeno a los demandados a abonar de forma solidaria a Don Eugenio la cantidad de seis mil cuatrocientos noventa euros con noventa y tres céntimos (6.490,93 euros) y a Doña Flor la cantidad de seis mil cuatrocientos noventa euros con noventa y tres céntimos (6.490,93 euros). Que debo condenar y condeno a la Cía. Aseguradora Allianz S.A. al abono de los intereses moratorios de las anteriores cantidades devengados desde la fecha del siniestro hasta su completo pago al tipo del interés previsto en el art. 20 L.C.S.. Se condena a los demandados de forma solidaria al abono de las costas procesales".

Segundo

Notificada la anterior sentencia a las partes, se interpuso por la representación de CIA. DE SEGUROS ALLIANZ, S. A. y Héctor recurso de apelación en ambos efectos y, seguido por sus trámites legales, se remitieron los autos a esta Audiencia Provincial.

Tercero

En la tramitación de este recurso se han cumplido las correspondientes prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

En la demanda inicial Doña Virginia , actuando en su propio nombre y en beneficio de sus hijos menores de edad, ejercita acción por culpa extracontractual en reclamación de los perjuicios derivados del fallecimiento de su esposo a causa de las lesiones sufridas al ser alcanzado por el disparo de una escopeta que utilizaba el demandado Don Héctor cuando ambos se disponían a la caza del jabalí en...

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