AAP Madrid 618/2003, 25 de Julio de 2003
ECLI | ES:APM:2003:9174 |
Procedimiento | PENAL |
Número de Resolución | 618/2003 |
Fecha de Resolución | 25 de Julio de 2003 |
Emisor | Audiencia Provincial - Madrid, Sección 23ª |
ROLLO R.P. 210/03
JUZGADO DE LO PENAL Nº 14 DE MADRID
PROCEDIMIENTO ABREVIADO Nº 98/03
SENTENCIA Nº 618/03
AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID
ILMOS. SRES. DE LA SECCION 23ª
D. ANGEL LUIS HURTADO ADRIAN
D. RAFAEL MOZO MUELAS
D. JESUS EDUARDO GUTIERREZ GÓMEZ
En Madrid, a 25 de Julio de 2003.
VISTO, en segunda instancia, ante la Sección 23ª de esta Audiencia Provincial, Juicio Oral 98/03, procedente del Juzgado de lo Penal nº 14 de Madrid, seguido por un delito de falsedad documental, contra el inculpado Benjamín , venido a conocimiento de esta Sección, a virtud de recurso de apelación que autoriza el art. 795 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, interpuesto en tiempo y forma por la representación de dicho inculpado, contra la sentencia dictada por el Iltmo. Sr. Magistrado-Juez del referido Juzgado, con fecha 10 de abril de 2003.
En la Sentencia apelada se establecen como HECHOS PROBADOS que: "el día 19 de septiembre de 2002, Benjamín , mayor de edad, sin antecedentes penales, circulaba con la motocicleta Yamaha R-1 de su propiedad con número de bastidor JYARN NUM000 , portando la matrícula .... GNN que no corresponde a la motocicleta en cuestión, sino a un turismo, conociendo el acusado tal extremo."
Y el FALLO es de tenor literal siguiente: "Que debo condenar y condeno a Benjamín como autor responsable de un delito de falsedad en documento oficial, sin concurrencia de circunstancias modificativas, a la pena de 6 meses de prisión, inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y multa de 6 meses con cuota diaria de 6 euros, en total (1.080 euros), con responsabilidad personal subsidiaria de 3 meses caso de impago y costas del juicio".
Habiendo sido partes en la sustanciación del presente recurso, el Ministerio Fiscal, dicho apelante, representado por la procuradora Dña. Cristina Méndez Rocasolano, y Ponente el Magistrado, Ilmo. Sr. D. ANGEL LUIS HURTADO ADRIAN.
El apelante establece como fundamentos del recurso las siguientes alegaciones: Error en la apreciación de la prueba e infracción del principio de presunción de inocencia.
Dado traslado del recurso al Ministerio Fiscal, por el mismo se solicitó la confirmación de la sentencia apelada.
Recibidas las actuaciones en esta Sección 23ª, por providencia de 4 de julio de 2003, se señaló para deliberación del...
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