SAP Álava 217/2007, 27 de Junio de 2007

PonenteSILVIA VIÑEZ ARGUESO
ECLIES:APVI:2007:275
Número de Recurso72/2007
Número de Resolución217/2007
Fecha de Resolución27 de Junio de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Álava, Sección 2ª

AUDIENCIA PROVINCIAL DE ALAVA

Sección 2ª

AVDA. GASTEIZ 18 2ª planta- C.P. 1008

Tfno.: 945-004821

Fax: 945-004820

N.I.G.: 01.02.1-05/002991

Rollo ape.abrev. 72/07

O.Judicial Origen: Juzgado de lo Penal nº 1 (Vitoria-Gasteiz)

Procedimiento: Proced.abreviado 19/07

Atestado nº: QUERELLA CRIMINAL

Apelante: C.R. QUINTANA, S.L.

Abogado: JOSÉ ROJO TUDELA

Procurador: JESÚS MARTÍN ARRIETA VIERNA

Apelado: Jose Augusto

Abogado: RAIMUNDO ARRIBAS GÓMEZ

Procuradora: PALOMA BAJO MARTÍNEZ DE MURGUÍA

Apelado: Donato

Abogado: FERNANDO FERNÁNDEZ DE VIANA URRUTIA

Procuradora: IRUNE OTERO URIA

Parte: MINISTERIO FISCAL

APELACIÓN PENAL

La Audiencia provincial de Vitoria-Gasteiz compuesta por los Ilmos. Sres. D. Jaime Tapia Parreño,

Presidente en funciones, y D. Jesús Alfonso Poncela García, Magistrado, y Dª Silvia Víñez Argüeso, Magistrado suplente, ha dictado el día veintisiete de Junio de dos mil siete,

EN NOMBRE DEL REY

la siguiente

S E N T E N C I A Nº 217/07

en el recurso de Apelación penal Rollo de Sala número 72/2007, Autos del Procedimiento abreviado

núm. 19/07 procedente del Juzgado de lo penal núm. 1 de los de Vitoria-Gasteiz y seguido por

delitos de estafa, falsificación y falso testimonio, promovido por C.R. QUINTANA, S.L. dirigida por el

Letrado D. José Rojo Tudela y representada por el Procurador D. Jesús-Martín Arrieta Vierna, frente

a la Sentencia de fecha 30 de Marzo de 2007, siendo apelados D. Jose Augusto dirigido por el Letrado D. Raimundo Arribas Gómez y representado por la Procuradora Dª

Paloma Bajo Martínez de Murguía, y, D. Donato dirigido por el Letrado D.

Fernando Fernández de Viana Urrutia y representado por la Procuradora Dª Irune Otero Uría, con la

intervención de EL MINISTERIO FISCAL; siendo Ponente la Ilma. Sra. Magistrado suplente Sra.

Víñez, quien expresa el parecer de la Sala por designación de su Presidente.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La Parte dispositiva de la Sentencia de primera instancia es del tenor literal siguiente: "1.- Que debo absolver y absuelvo libremente a D. Jose Augusto de los delitos de falsedad en documento mercantil y estafa procesal, y a D. Donato de los delitos de estafa procesal y del delito de falso testimonio de los que venían siendo acusados en la presente causa. 2.- Se declaran las costas de oficio" (sic).

SEGUNDO

Frente a la anterior resolución interpuso en tiempo y forma recurso de apelación la representación de C.R. QUINTANA, S.L. alegando los motivos que se examinarán en los Fundamentos de Derecho siguientes. Dicho recurso se admitió a trámite mediante Providencia de 30 de Abril, dándose traslado del mismo a las demás partes. Evacuando el referido traslado, tanto las respectivas representaciones de D. Jose Augusto y de D. Donato, como EL MINISTERIO FISCAL, solicitaron la desestimación del recurso, mandándose seguidamente elevar los autos a esta Audiencia provincial.

TERCERO

Recibida la causa el 18 de Junio en la Secretaría de esta Audiencia, por Providencia del día siguiente se mandó formar el presente Rollo, registrándose y turnándose la Ponencia al Ilmo. Sr. Presidente de esta Sección segunda D. Oscar. Estando señalada la deliberación, votación y fallo del recurso de apelación para el día 25 de Junio y encontrándose el Ponente de baja por enfermedad, conforme al Acuerdo adoptado el 22 de Junio de 2007 por el Ilmo. Sr. Presidente de la Audiencia se llamó a la Magistrado suplente Sra. Silvia Víñez Argüeso.

CUARTO

En la tramitación del recurso se han observado las prescripciones legales fundamentales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Se aceptan los correlativos de la resolución impugnada en cuanto no contradigan los siguientes, y:

PRIMERO

La querellante insiste mediante el presente recurso en acusar al Sr. Jose Augusto de haber cometido un delito de falsificación de documento mercantil con relación a la factura que aparece testimoniada al folio 75 de la causa; en concreto, le imputa las falsedades descritas en los números 1º y 2º del artículo 390.1 del Código penal por expresa remisión del art. 392 Cp. Alega el recurso que la factura en cuestión carece de los...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR