SAP Murcia 30/2007, 1 de Marzo de 2007

PonenteANDRES PACHECO GUEVARA
ECLIES:APMU:2007:401
Número de Recurso108/2007
Número de Resolución30/2007
Fecha de Resolución 1 de Marzo de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Murcia, Sección 1ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1

MURCIA

SENTENCIA: 00030/2007

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MURCIA

SECCIÓN 001

Domicilio:PASEO DE GARAY Nº5 MURCIA 3º PLANTA PALACIO DE JUSTICIA

Telf :968-229183

Fax :968-229184

Modelo : 00120

N.I.G. : 30030 37 2 2007 0100519

ROLLO : APELACION JUICIO DE FALTAS 0000108 /2007

Juzgado procedencia :AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1 de MURCIA

Procedimiento de origen :APELACION AUTOS 0000108 /2007

RECURRENTE : Carlos Jesús, MERCURIO SEGUROS MERCURIO

S.A.

Procurador/a :,

Letrado/a :EDUARDO ANDUGAR CARBONELL, EDUARDO ANDUGAR CARBONELL

RECURRIDO/A : Rosa

Procurador/a :

Letrado/a :ZACARIAS ROMERO MARTINEZ

Rº 108/07

S E N T E N C I A NÚM. 30/07

En la ciudad de Murcia, a uno de marzo de dos mil siete.

El Ilmo. Sr. D. Andrés Pacheco Guevara, Magistrado Presidente de la Audiencia Provincial de Murcia, ha visto en grado de apelación las presentes actuaciones de orden penal, rollo nº 108/07, dimanantes del juicio de faltas nº 102/05, tramitado con arreglo a las normas del Libro VI de la Ley de Enjuiciamiento Criminal según la reforma operada por Ley 10/92 de 30 de abril, en el Juzgado de Instrucción nº 5 de Murcia por falta de imprudencia en tráfico contra D. Carlos Jesús, en virtud del recurso de apelación interpuesto por el propio denunciado y la aseguradora Mercuriocontra la sentencia de fecha 31/1/06 dictada en el referido juicio de faltas.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Juzgado de Instrucción de Murcia nº 5 dictó sentencia el 31/1/06 declarando probados los siguientes hechos: "ÚNICO: Resultando probado y así se declara que el día 26 de octubre de 2004 viajaba como usuaria de la línea de autobuses nº 10 Rosa, y tras solicitar la parada a la altura de Torre de Romo y cuando se disponía a bajar del autobús y antes de que la hubira completado, su conductor, que resultó ser Carlos Jesús, emprendió de nuevo la marcha provocando la caída de Rosa sobre el pavimento. Posteriormente, y a pesar e recuperarse en un primer momento de la caída Rosa asistió a un Centro médico donde se le diagnosticó rotura de menisco externo de rodilla derecha. Como consecuencia del siniestro, resultó con lesiones que curaron tras el oportuno tratamiento médico a los 134 días durante los cuales estuvo incapacitada para sus ocupaciones habituales quedándole como secuelas algias postraumática en rodilla derecha."

SEGUNDO

El fallo de dicha resolución expresamente disponía:

FALLO: Que debo condenar y condeno a Carlos Jesús como autor de la flata a que se contrae este porcedimeitno a la pena de 20 de multa con cuota diaria de 3 euros, y a que indemnice a Rosa en la cantidad de 7.838,8 EUROS, con la responsabilidad civil directa de la entidad MERCURIO, quien abonará el interés previsto en el artículo 20 de la LCS que será el legar del dinero incrementado en un 50% si se abona antes del transcurso de dos años desde la fecha del siniestro y del 20% en otro caso, con imposición de las costas procesales causadas.

TERCERO

Contra la referida resolución se interpuso en legal forma recurso de apelación por el citado denunciado y su aseguradora, Mercurio SA, fundamentándolo, en síntesis, en disconformidad con la sentencia apelada.

Y observados los trámites de los artículos 795 y 796 en relación con el 976 de la Ley de...

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